Resolución de 25 de junio de 1982, de la Subsecretaría de Pesca Maritima, por la que se efectúa la revisión al día 1 de enero del censo de las flotas de altura y gran altura adjunto a la Orden de 12 de junio de 1981.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-04 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 25 de junio de 1982, de la Subsecretaría de Pesca Maritima, por la ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 25 de junio de 1982, de la Subsecretaría de Pesca Maritima, establece la revisión del censo de las flotas de altura y gran altura al día 1 de enero, en aplicación de la Orden de 12 de junio de 1981. 2. **CONTEXTO** La Orden de 12 de junio de 1981 estableció un censo de las flotas de altura y gran altura, con el fin de regular su actividad en el ámbito marítimo. La Resolución de 1982 se emitió con el objetivo de actualizar y verificar este censo, asegurando su precisión y cumplimiento con las normas vigentes. Esta norma fue emitida por la Subsecretaría de Pesca Maritima, órgano encargado de la regulación del sector pesquero en el marco del sistema marítimo nacional. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 25 de junio de 1982, de la Subsecretaría de Pesca Maritima, tiene por objeto la revisión del censo de las flotas de altura y gran altura al día 1 de enero, en aplicación de la Orden de 12 de junio de 1981. En este sentido, la norma establece que se realizará una revisión del censo, con el fin de verificar la exactitud de los datos registrados y asegurar que se ajusten a la realidad actual de las flotas. La revisión se efectuará en el ámbito de la actividad pesquera, con la finalidad de garantizar el cumplimiento de las normas vigentes en materia de pesca marítima. La norma establece que la revisión se realizará mediante el análisis de los datos proporcionados por los operadores de las flotas, así como por la verificación directa en el lugar de trabajo. La Subsecretaría de Pesca Maritima se reserva la facultad de realizar visitas a las embarcaciones y verificar los datos en el momento oportuno. La norma también establece que los resultados de la revisión serán comunicados a los interesados, con la finalidad de garantizar la transparencia y el cumplimiento de las normas vigentes. La Resolución no establece sanciones específicas, pero sí señala que los datos incorrectos o falsos podrían dar lugar a la aplicación de medidas disciplinarias o sancionadoras en el marco de la normativa vigente. La norma se fundamenta en el marco legal vigente en materia de pesca marítima, con el objetivo de garantizar el ordenamiento y la legalidad en el sector pesquero. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución de 1982 establece una revisión del censo de flotas marítimas, con el fin de garantizar su precisión. Se basa en la Orden de 1981 y se aplica en el ámbito de la actividad pesquera. La norma busca asegurar el cumplimiento de las normas vigentes en el sector. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Revisión del censo**: Se efectúa una revisión del censo de flotas de altura y gran altura al 1 de enero. ⚠️ **Verificación de datos**: Se verifica la exactitud de los datos registrados, con posibilidad de visitas a las embarcaciones. 📋 **Aplicación de la Orden de 1981**: La norma se basa en la Orden de 12 de junio de 1981. ℹ️ **Transparencia y cumplimiento**: Se busca garantizar la transparencia y el cumplimiento de las normas vigentes. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Resolución de 25 de junio de 1982 - **Tipo**: Resolución ministerial - **Fecha**: 25 de junio de 1982 - **Materias**: Pesca marítima, flotas, censo, regulación - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: censo, flotas, pesca marítima, revisión, orden ministerial ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────