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Decreto-ley 8/2021, de 28 de junio, de medidas extraordinarias para garantizar la continuidad de la gestión del servicio público de televisión autonómica y de sus programas informativos hasta la aprobación del mandato marco por el Parlamento de Canarias.

BOE-A-2021-14010Publicada: 18/08/2021COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Un decreto-ley que adopta medidas excepcionales para que la televisión pública de Canarias (RTVC) siga funcionando sin interrupciones. Se promulga porque desde 2018 existe una situación de bloqueo: el Parlamento de Canarias no ha aprobado el mandato marco que definiría cómo gestionar los servicios informativos, y los órganos de dirección no pueden constituirse hasta entonces. El decreto es temporal y debe terminar cuando el Parlamento apruebe ese mandato marco. **¿A quién afecta?** Afecta a la Radiotelevisión Canaria (RTVC), sus empresas públicas de televisión y radio, y el personal que trabaja en los servicios informativos. Estos trabajadores llevan tres años en situación provisional (subrogados) sin poder negociar convenio colectivo actualizado, y sus condiciones laborales están bloqueadas por la falta de definición del modelo de gestión. **¿Qué cambia o establece?** Autoriza prolongar la subrogación del personal de los servicios informativos en las empresas públicas hasta que se apruebe el mandato marco. Permite además actualizar y renovar los equipos tecnológicos de transmisión e informativos, que están obsoletos tras tres años de medidas excepcionales. Estas medidas son extraordinarias y provisionales, válidas solo hasta que se resuelva la situación institucional de fondo.

💬 Contexto ciudadano

El Decreto-ley 8/2021 de Canarias aborda una situación de bloqueo institucional sin precedentes en la televisión pública española: desde 2018 el Parlamento canario no había aprobado el mandato marco que debe definir la misión y gestión de RTVC. Mientras que RTVE y otras televisiones autonómicas (À Punt, ETB, IB3) operan con mandatos marco aprobados, RTVC lleva años sin ese instrumento de gobernanza. La norma de urgencia garantiza la continuidad del servicio informativo en condiciones de legitimidad formal. Importa porque la televisión pública regional es un servicio esencial de cohesión informativa en un archipiélago fragmentado, y el vacío de mandato ponía en riesgo la independencia editorial y la financiación estable de la corporación canaria.

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