ResoluciónNacionalvigente

Decreto-ley 14/2021, de 22 de junio, por el que se modifica la Ley 10/1994, de 11 de julio, de la Policía de la Generalitat-Mossos d'Esquadra, para introducir la tipificación como infracción de determinadas conductas de acoso y el establecimiento de la descripción de los elementos que integran la uniformidad del cuerpo de Mossos d'Esquadra, y por el que se modifica la disposición transitoria séptima de la Ley 3/2008, de 23 de abril, del ejercicio de las profesiones del deporte, para dejar en sus

BOE-A-2021-13683Publicada: 10/08/2021COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Un decreto-ley aprobado por la Generalitat de Catalunya el 22 de junio de 2021 que modifica la Ley 10/1994 de la Policía de la Generalitat-Mossos d'Esquadra y la Ley 3/2008 sobre profesiones del deporte. Introduce nuevas clasificaciones de conductas de acoso en la policía y actualiza la regulación sobre los elementos que forman el uniforme del cuerpo. **¿A quién afecta?** Afecta a todos los miembros del cuerpo de Mossos d'Esquadra, tanto en materia disciplinaria como en lo relativo a su uniforme. Impacta indirectamente a toda la ciudadanía que interactúa con esta policía y a las trabajadoras y trabajadores del cuerpo en su entorno laboral. **¿Qué cambia o establece?** Tipifica como infracciones disciplinarias distintas formas de acoso: por motivos raciales, étnicos, religiosos, de convicciones, discapacidad, edad, acoso moral, sexual y por razón de sexo, orientación sexual o identidad de género. Además, permite que la regulación del uniforme sea más flexible y pueda actualizarse ágilmente para incorporar nuevos elementos necesarios ante situaciones excepcionales, como equipos de protección sanitaria (guantes, mascarillas).

💬 Contexto ciudadano

El Decreto-ley 14/2021 de Cataluña actúa sobre dos frentes distintos: tipifica el acoso como infracción específica en la Ley de la Policía de la Generalitat (Mossos d'Esquadra), subsanando una laguna que solo se cubría mediante protocolos internos sin rango legal, y clarifica la disposición transitoria séptima de la Ley de profesiones del deporte, bloqueada judicialmente. Mientras otras CCAA habían regulado el acoso en cuerpos policiales mediante instrucciones internas, Cataluña lo eleva a norma con rango legal, siguiendo el estándar europeo de cuerpos policiales con estatutos de protección reforzada. Su relevancia es doble: mejora la tutela de los agentes frente al acoso interno y desbloquea la acreditación profesional de técnicos deportivos catalanes afectados por la incertidumbre legal.

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