Denuncia por parte de Turkmenistán del Convenio entre el Gobierno de España y el Gobierno de la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas para evitar la doble imposición sobre la renta y el patrimonio, hecho en Madrid el 1 de marzo de 1985.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Una Resolución que formaliza la denuncia (terminación) del Convenio entre España y la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas para evitar la doble imposición sobre la renta y el patrimonio, convenio que fue firmado en Madrid el 1 de marzo de 1985. **¿A quién afecta?** A España y a Turkmenistán, que sucedió a la Unión Soviética y fue quien notificó la denuncia. Afecta a todas las personas y entidades con obligaciones fiscales en ambos países que estaban amparadas por este convenio. **¿Qué cambia o establece?** Establece que el Convenio dejó de tener validez jurídica el 1 de enero del año 2000. Turkmenistán presentó la denuncia el 9 de febrero de 1999, cumpliendo el requisito de seis meses de preaviso establecido en el artículo 23 del Convenio.
💬 Contexto ciudadano
El Convenio España-URSS para evitar la doble imposición de 1985 fue heredado por los Estados sucesores de la antigua Unión Soviética, entre ellos Turkmenistán. A diferencia de Rusia o Ucrania, que negociaron tratados bilaterales renovados con España, Turkmenistán optó por denunciar el convenio heredado sin promover uno nuevo. Esta situación crea un vacío de cobertura fiscal bilateral similar al que afectó a España con otros países postsoviéticos. Su relevancia práctica reside en el impacto sobre las empresas españolas con inversiones en el sector energético o de infraestructuras en Turkmenistán, que deberán tributar de forma plena en ambos territorios hasta que eventualmente se negocie un nuevo convenio, encareciendo sus estructuras de inversión.