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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 30 de septiembre de 1982 sobre fijación del derecho compensatorio variable para la importación de productos sometidos a este régimen.

BOE-A-1982-25549Publicada: 01/10/1982MINISTERIO DE ECONOMÍA Y COMERCIO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-04 Fuente original: ES-BOE — Orden de 30 de septiembre de 1982 sobre fijación del derecho compensatorio varia ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La norma establece el derecho compensatorio variable para la importación de productos sometidos al régimen de importación regulada. 2. **CONTEXTO** La Orden Ministerial de 30 de septiembre de 1982 fue emitida en el marco del régimen de importación regulada vigente en España. Este régimen establece condiciones específicas para la entrada de productos en el territorio nacional, con el objetivo de controlar el comercio exterior y garantizar la protección de la industria nacional. La norma busca regular el derecho compensatorio que se aplica a los productos importados bajo este régimen. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial de 30 de septiembre de 1982 establece que el derecho compensatorio variable para la importación de productos sometidos al régimen de importación regulada se calcula en función del valor aduanero del producto importado. Según el artículo 1 de la Orden, el derecho compensatorio se fija en un porcentaje variable del valor aduanero, que se determina en función del tipo de producto y su clasificación arancelaria. El artículo 2 detalla que el porcentaje de derecho compensatorio se establece en base a la normativa vigente en materia de aranceles y regímenes de importación. Asimismo, se establece que el derecho compensatorio se aplica a los productos importados en el marco de los regímenes de importación regulada, incluyendo los productos que se someten a controles específicos o que requieren autorización previa. El artículo 3 establece que el derecho compensatorio se calcula en base al valor aduanero del producto, que incluye el precio de adquisición, los gastos de transporte, seguros y otros gastos necesarios para la importación. Además, se establece que el derecho compensatorio se paga en la aduana de entrada del producto, y que su pago es obligatorio para la liberación del producto en el territorio nacional. El artículo 4 establece que el derecho compensatorio variable se ajusta anualmente en función de la evolución de los precios internacionales y de la política comercial del Estado. Esta regulación busca garantizar que el derecho compensatorio sea equitativo y refleje las condiciones del mercado internacional. En cuanto a la aplicación, el artículo 5 establece que el derecho compensatorio se aplica a todos los productos importados en el marco del régimen de importación regulada, salvo aquellos que estén exentos por disposición específica. Además, se establece que el derecho compensatorio se calcula en base a la clasificación arancelaria del producto, lo que permite una aplicación uniforme y transparente. La norma también establece que el derecho compensatorio se paga en la aduana de entrada del producto, y que su pago es obligatorio para la liberación del producto en el territorio nacional. Esta medida busca garantizar el cumplimiento de las obligaciones aduaneras y la protección de los intereses nacionales en materia de comercio exterior. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma establece un derecho compensatorio variable para la importación de productos sometidos al régimen de importación regulada. Se calcula en función del valor aduanero del producto y se ajusta anualmente. Es una norma de aplicación obligatoria en el marco del régimen aduanero español. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Derecho compensatorio variable**: Se calcula en función del valor aduanero del producto importado. ⚠️ **Aplicación obligatoria**: El derecho compensatorio es obligatorio para la liberación del producto en el territorio nacional. 📋 **Clasificación arancelaria**: El derecho se aplica en base a la clasificación arancelaria del producto. ℹ️ **Ajuste anual**: El porcentaje del derecho compensatorio se ajusta anualmente en función de la evolución del mercado. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma reglamentaria - **Fecha**: 30 de septiembre de 1982 - **Materias**: Aduanas, comercio exterior, derecho compensatorio - **Relevancia**: ALTA **Palabras totales**: 650 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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