Orden MinisterialNacionalvigente

Orden TMA/851/2021, de 23 de julio, por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y la utilización de los espacios públicos urbanizados.

BOE-A-2021-13488Publicada: 06/08/2021Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana

¿Qué dice esta ley?

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💬 Contexto ciudadano

El documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad en espacios públicos urbanizados actualizó los estándares técnicos que deben cumplir las aceras, pasos de peatones, plazas y mobiliario urbano para garantizar su accesibilidad a personas con discapacidad motora, visual, auditiva y cognitiva. La normativa española de accesibilidad urbana —impulsada desde la Ley de Igualdad de Oportunidades de 2003 y la Ley General de Derechos de Personas con Discapacidad de 2013— había establecido plazos de adaptación al año 2017 que la mayoría de municipios no había cumplido. La actualización incorporó los estándares de la norma europea EN 17210 de accesibilidad en el entorno construido y las recomendaciones del Comité de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que en su revisión del cumplimiento de la Convención por España había señalado los déficits en accesibilidad urbana como una de las áreas de mayor preocupación y seguimiento prioritario.

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