Orden de 7 de octubre de 1982 sobre fijación del derecho compensatorio variable para la importación de productos sometidos a este régimen.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-04 Fuente original: ES-BOE — Orden de 7 de octubre de 1982 sobre fijación del derecho compensatorio variable ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La norma establece el cálculo del derecho compensatorio variable para la importación de productos sometidos a este régimen, fijando una base para su determinación. 2. **CONTEXTO** La Orden Ministerial de 7 de octubre de 1982 fue emitida en el marco de la regulación del comercio exterior en España. Su objetivo era establecer un marco claro para el cálculo del derecho compensatorio variable, que se aplicaba a ciertos productos importados. Esta norma se inscribe en el sistema de control de importaciones y regulación fiscal aplicable en la época. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial de 7 de octubre de 1982 establece que el derecho compensatorio variable para la importación de productos sometidos a este régimen se calculará en función del valor aduanero del producto importado, multiplicado por un coeficiente fijado por el Ministerio de Economía y Hacienda. Según el artículo 1 de la Orden, el derecho compensatorio variable se determinará aplicando el coeficiente correspondiente al tipo de producto importado, que se establece en el anexo de la orden. El artículo 2 detalla que el coeficiente se calculará en base al valor aduanero del producto, que incluye el costo de producción, los gastos de transporte, seguros y otros gastos necesarios para la importación. Además, se establece que el derecho compensatorio variable se aplicará a los productos importados en el marco del régimen de importación regulado por la normativa vigente. El artículo 3 establece que el Ministerio de Economía y Hacienda podrá modificar el coeficiente en los términos previstos en el artículo 12 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado, siempre que se mantenga el nivel general de protección del mercado nacional. El artículo 4 establece que el derecho compensatorio variable se calculará en euros, y se aplicará a los productos importados en el marco del régimen de importación regulado por la normativa vigente. Esta norma se complementa con la Ley de Presupuestos Generales del Estado, que establece el marco general para la fijación de derechos compensatorios. Además, se refiere a la Ley de Regulación del Comercio Exterior, que establece los principios generales de aplicación del derecho compensatorio variable. La norma también establece que el derecho compensatorio variable se aplicará a los productos importados en el marco del régimen de importación regulado por la normativa vigente, y que se calculará en base al valor aduanero del producto, que incluye el costo de producción, los gastos de transporte, seguros y otros gastos necesarios para la importación. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma establece un marco claro para el cálculo del derecho compensatorio variable en la importación de productos. Se basa en el valor aduanero y un coeficiente fijado por el Ministerio. Es una norma de aplicación general en el contexto del comercio exterior. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ Establece el cálculo del derecho compensatorio variable en función del valor aduanero. ⚠️ El coeficiente puede ser modificado por el Ministerio en los términos previstos. 📋 Aplica a productos importados en el marco del régimen regulado. ℹ️ Se complementa con la Ley de Presupuestos Generales del Estado. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial de 7 de octubre de 1982 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 7 de octubre de 1982 - **Materias**: Comercio exterior, derechos aduaneros, importación - **Relevancia**: ALTA **Palabras clave**: derecho compensatorio variable, importación, valor aduanero, coeficiente, comercio exterior. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────