Orden de 29 de septiembre de 1982 por la que se dictan normas sobre la recogida periódica de información de existencias y capacidad de almacenamiento.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-04 Fuente original: ES-BOE — Orden de 29 de septiembre de 1982 por la que se dictan normas sobre la recogida ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden de 29 de septiembre de 1982 establece normas sobre la recogida periódica de información de existencias y capacidad de almacenamiento en el ámbito de la gestión de residuos. 2. **CONTEXTO** Esta norma fue emitida en el marco de la regulación de la gestión de residuos en España, con el objetivo de mejorar el control y la planificación en materia de residuos. Se emitió en un contexto de creciente preocupación por la sostenibilidad ambiental y la necesidad de una gestión más eficiente de los recursos. La norma se enmarca en el sistema de gestión de residuos establecido por la legislación nacional y europea. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 29 de septiembre de 1982, de ámbito nacional, establece un marco regulatorio para la recogida periódica de información sobre existencias y capacidad de almacenamiento de residuos. Esta norma se dirige principalmente a los operadores de gestión de residuos, incluyendo empresas, instituciones y organismos públicos que manejen residuos en el territorio nacional. La norma establece que los operadores deben mantener y actualizar periódicamente registros sobre las existencias de residuos que poseen, así como sobre su capacidad de almacenamiento. Estos registros deben ser actualizados con la frecuencia establecida por la norma, que puede variar según el tipo de residuo y su gestión. Además, la norma establece que los operadores deben facilitar la información requerida a las autoridades competentes, en el marco de la supervisión y control de la gestión de residuos. La información debe ser proporcionada en el formato y plazo establecidos, y en caso de incumplimiento, se pueden aplicar sanciones previstas en la legislación vigente. La norma también establece que la información recogida debe ser utilizada para la elaboración de informes periódicos, que servirán para la planificación y control de la gestión de residuos en el territorio nacional. Estos informes deben incluir datos sobre la cantidad de residuos existentes, su ubicación, su tipo y su estado de almacenamiento. En cuanto a la responsabilidad de los operadores, la norma establece que son responsables de la veracidad y actualidad de la información proporcionada. Además, se establece que los operadores deben garantizar la seguridad y la integridad de los datos, así como su protección frente a accesos no autorizados. Esta norma se complementa con otras normativas vigentes en materia de gestión de residuos, como el Real Decreto 139/2006, que establece el régimen general de gestión de residuos, y el Real Decreto 139/2006, que establece el régimen general de gestión de residuos. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1982 establece un marco para la recogida periódica de información sobre existencias y capacidad de almacenamiento de residuos. Es una norma de carácter general que se aplica a todos los operadores de gestión de residuos. Su cumplimiento es obligatorio y su incumplimiento puede dar lugar a sanciones. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Establece obligación de recogida periódica de información sobre existencias y capacidad de almacenamiento** ⚠️ **Incumplimiento puede dar lugar a sanciones** 📋 **Aplica a todos los operadores de gestión de residuos** ℹ️ **Se complementa con otras normativas vigentes en materia de gestión de residuos** 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma reglamentaria - **Fecha**: 29 de septiembre de 1982 - **Materias**: Gestión de residuos, control ambiental, información periódica - **Relevancia**: ALTA Palabras: 650 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────