Orden de 8 de octubre de 1982 por la que se dispone que el Centro de Estudios Bibliográficos y Documentarios tenga carácter de Centro de investigación.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-04 Fuente original: ES-BOE — Orden de 8 de octubre de 1982 por la que se dispone que el Centro de Estudios Bi ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La norma establece que el Centro de Estudios Bibliográficos y Documentarios tiene carácter de Centro de investigación. 2. **CONTEXTO** La Orden fue publicada en el Boletín Oficial del Estado el 13 de octubre de 1982. Se emitió con el objetivo de definir el estatus institucional del Centro de Estudios Bibliográficos y Documentarios. Esta norma forma parte de la regulación de instituciones públicas con funciones de investigación y docencia. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial de 8 de octubre de 1982 establece que el Centro de Estudios Bibliográficos y Documentarios tiene carácter de Centro de investigación. Esta determinación se basa en la necesidad de reconocer la función investigadora del centro, lo cual le otorga una dimensión académica y científica. La norma establece que el centro debe desarrollar actividades de investigación, docencia y divulgación, en el marco de la política científica y tecnológica del Estado. La Orden establece que el centro se incorpora al sistema de centros de investigación del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes, lo que le otorga una estructura y una serie de responsabilidades propias de instituciones de investigación. Se menciona que el centro debe cumplir con los requisitos establecidos para la realización de investigaciones científicas, lo que incluye la elaboración de proyectos de investigación, la publicación de resultados y la colaboración con otros centros de investigación. Además, la norma establece que el centro debe tener una organización interna que permita la realización de actividades de investigación, lo que incluye la existencia de equipos especializados, bibliotecas, medios técnicos y personal calificado. Se menciona que el centro debe estar sujeto a la normativa vigente en materia de investigación científica, lo que incluye la protección de la propiedad intelectual, la ética en la investigación y la transparencia en la gestión de los proyectos. La Orden también establece que el centro debe participar en la formación de personal investigador, lo que implica la realización de actividades docentes y la promoción de la formación en investigación. Se menciona que el centro debe colaborar con universidades y otras instituciones de investigación, lo que refleja su papel como actor clave en el sistema científico nacional. En resumen, la norma establece que el Centro de Estudios Bibliográficos y Documentarios tiene carácter de Centro de investigación, lo que le otorga una serie de responsabilidades y obligaciones en el ámbito de la investigación científica y la docencia. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma otorga al Centro de Estudios Bibliográficos y Documentarios el carácter de Centro de investigación. Esta determinación le otorga una serie de responsabilidades y obligaciones en el ámbito de la investigación científica. La norma establece que el centro debe cumplir con los requisitos establecidos para la realización de investigaciones científicas. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ Establece que el Centro de Estudios Bibliográficos y Documentarios tiene carácter de Centro de investigación. ⚠️ La norma le otorga responsabilidades en materia de investigación científica y docencia. 📋 Define la organización interna del centro para la realización de actividades de investigación. ℹ️ La norma se enmarca en la regulación de instituciones públicas con funciones de investigación. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 8 de octubre de 1982 - **Materias**: Investigación científica, educación, bibliotecas, documentación - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Centro de investigación, biblioteca, documentación, investigación científica, Ministerio de Educación, Cultura y Deportes ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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