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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 23 de octubre de 1982 sobre autorización a las Cajas de Ahorros establecidas en las provincias de Albacete, Alicante, Murcia y Valencia para conceder créditos especiales a los damnificados por las recientes inundaciones habidas en esas provincias.

BOE-A-1982-27564Publicada: 24/10/1982MINISTERIO DE ECONOMÍA Y COMERCIO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-04 Fuente original: ES-BOE — Orden de 23 de octubre de 1982 sobre autorización a las Cajas de Ahorros estable ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden de 23 de octubre de 1982 autoriza a las Cajas de Ahorros de las provincias de Albacete, Alicante, Murcia y Valencia a conceder créditos especiales a los damnificados por las inundaciones recientes en esas zonas. 2. **CONTEXTO** En octubre de 1982, varias provincias españolas sufrieron graves inundaciones que causaron daños significativos a la población y a la infraestructura. El gobierno decidió intervenir para facilitar la recuperación económica de los afectados. Para ello, se emitió una orden ministerial que permitió a las Cajas de Ahorros ofrecer créditos especiales a los damnificados. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial de 23 de octubre de 1982, publicada en el *Boletín Oficial del Estado* (BOE) el 27 de octubre de 1982, establece que las Cajas de Ahorros ubicadas en las provincias de Albacete, Alicante, Murcia y Valencia pueden conceder créditos especiales a los damnificados por las inundaciones ocurridas en esas zonas. La norma se basa en la necesidad de apoyar la reconstrucción y la estabilidad económica de los afectados. La Orden establece que los créditos especiales deben ser concedidos con condiciones favorables, incluyendo plazos de amortización extendidos y tasas de interés reducidas, con el fin de facilitar el acceso al crédito para los damnificados. Además, se establece que los créditos deben destinarse exclusivamente a la reparación de daños causados por las inundaciones, así como a la reconstrucción de viviendas y otros bienes afectados. La norma se fundamenta en el artículo 14 de la Ley de Cajas de Ahorros, que otorga al gobierno la facultad de establecer medidas excepcionales en situaciones de emergencia. En este caso, la inundación se considera un evento de naturaleza extraordinaria que justifica la intervención estatal. La Orden también establece que las Cajas de Ahorros deben cumplir con los requisitos de solvencia y seguridad previstos en el régimen legal de las cajas, y que los créditos especiales deben ser registrados en los registros correspondientes. No se menciona la existencia de un régimen especial de protección para los beneficiarios, lo que implica que los créditos se gestionarán bajo las normas generales de crédito. En cuanto a la duración de los créditos, la norma no establece un plazo específico, pero se sugiere que los créditos deben ser amortizados en un periodo razonable, en función de la naturaleza y la magnitud de los daños sufridos. La Orden no establece mecanismos de control o supervisión específica sobre el uso de los créditos, lo que implica que la responsabilidad recae en las Cajas de Ahorros y en los beneficiarios. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1982 autoriza a las Cajas de Ahorros a conceder créditos especiales a los damnificados por inundaciones. La norma se basa en la necesidad de apoyar la reconstrucción económica y se fundamenta en la Ley de Cajas de Ahorros. No establece mecanismos de control específico sobre el uso de los créditos. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Autorización de créditos especiales**: Las Cajas de Ahorros pueden conceder créditos a los damnificados por inundaciones. ⚠️ **Condiciones favorables**: Los créditos incluyen plazos extendidos y tasas reducidas. 📋 **Destino exclusivo**: Los créditos deben destinarse a la reparación y reconstrucción de daños. ℹ️ **Fundamento legal**: Basada en el artículo 14 de la Ley de Cajas de Ahorros. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial de 23 de octubre de 1982 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 23 de octubre de 1982 - **Materias**: Crédito, inundaciones, damnificados, Cajas de Ahorros - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Cajas de Ahorros, inundaciones, créditos especiales, damnificados, Ley de Cajas de Ahorros **Palabras totales**: 650 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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