Orden de 27 de octubre de 1982 sobre fijación del derecho compensatorio variable para la importación de productos sometidos a este régimen.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-04 Fuente original: ES-BOE — Orden de 27 de octubre de 1982 sobre fijación del derecho compensatorio variable ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La norma establece el régimen de derecho compensatorio variable para la importación de productos sometidos a este régimen, fijando el monto del derecho compensatorio en función del valor de los bienes importados. 2. **CONTEXTO** La Orden Ministerial de 27 de octubre de 1982 fue emitida en el marco del sistema arancelario y fiscal aplicable a la importación de bienes en el territorio nacional. Su objetivo es regular el cobro del derecho compensatorio, que se aplica a ciertos productos importados. La norma se enmarca en el marco regulatorio vigente en la época, con el fin de garantizar la aplicación uniforme del régimen fiscal aplicable a los productos importados. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial de 27 de octubre de 1982 establece que el derecho compensatorio variable para la importación de productos sometidos a este régimen se fija en un porcentaje del valor aduanero de los bienes importados. Según el artículo 1 de la Orden, el derecho compensatorio se calcula aplicando un porcentaje determinado al valor aduanero, que corresponde al valor de los bienes importados, incluyendo los costos de transporte y seguros. El artículo 2 detalla que el porcentaje aplicable varía según el tipo de producto y su clasificación arancelaria, lo cual se determina en base a la clasificación que se le otorga al producto en el sistema arancelario vigente. Asimismo, se establece que el derecho compensatorio se paga en el momento de la importación, y su cobro se efectúa mediante el sistema de declaración de importación, según lo establecido en el artículo 3. El artículo 4 establece que el monto del derecho compensatorio se calcula en base al valor aduanero del producto, que incluye el costo del bien, los gastos de transporte y seguros, y otros gastos necesarios para la importación. Se establece que este valor se determina según las normas vigentes en materia de valoración aduanera, lo cual se refiere a los principios establecidos en el artículo 165 del Reglamento de la Ley de Aduanas. Además, el artículo 5 establece que el derecho compensatorio variable se aplica únicamente a los productos que se encuentran en el régimen de importación regulado por esta norma, y no se aplica a los productos que se importan bajo otros regímenes, como el régimen de importación temporal o el régimen de importación para uso industrial. La norma también establece que el derecho compensatorio se paga en la aduana de entrada del producto, y que su pago es obligatorio para todos los importadores que se someten al régimen de importación regulado por esta norma. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma establece un régimen de derecho compensatorio variable para la importación de productos, basado en el valor aduanero. Se aplica a ciertos productos y se paga en el momento de la importación. La norma se enmarca en el marco regulatorio vigente en la época. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ Establece un derecho compensatorio variable basado en el valor aduanero. ⚠️ Aplica únicamente a ciertos productos y no a todos los importados. 📋 Se paga en el momento de la importación, en la aduana correspondiente. ℹ️ Se basa en la clasificación arancelaria y en el sistema de valoración aduanera vigente. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma reglamentaria - **Fecha**: 27 de octubre de 1982 - **Materias**: Aduanas, impuestos, importación, derecho compensatorio - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: derecho compensatorio, importación, valor aduanero, régimen fiscal, aduanas ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────