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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 15 de noviembre de 1982 sobre concesión de créditos a favor de los damnificados por las inundaciones en las provincias de Barcelona, Gerona, Tarragona, Lérida y Huesca.

BOE-A-1982-30305Publicada: 19/11/1982MINISTERIO DE ECONOMÍA Y COMERCIO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-04 Fuente original: ES-BOE — Orden de 15 de noviembre de 1982 sobre concesión de créditos a favor de los damn ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Orden Ministerial de 15 de noviembre de 1982 establece las bases para la concesión de créditos a favor de los damnificados por inundaciones en las provincias de Barcelona, Gerona, Tarragona, Lérida y Huesca. 2. **CONTEXTO** La norma fue emitida en el marco de una catástrofe natural que afectó a varias provincias españolas. El gobierno buscaba ofrecer una solución financiera a las personas afectadas. La medida se enmarca en el marco de la protección de los derechos de los ciudadanos ante desastres naturales. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Orden Ministerial de 15 de noviembre de 1982 establece que el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, en colaboración con las administraciones locales, podrá conceder créditos a los damnificados por inundaciones en las provincias mencionadas. Estos créditos se otorgarán en forma de préstamos con intereses reducidos y plazos de amortización extendidos, con el objetivo de facilitar la recuperación económica de las personas afectadas. La norma establece que los créditos se concederán a través de entidades financieras autorizadas, bajo la supervisión del Ministerio de Hacienda. El artículo 1 del orden establece que "se concederán créditos a los damnificados por inundaciones en las provincias de Barcelona, Gerona, Tarragona, Lérida y Huesca, con el fin de garantizar su recuperación económica". Además, el artículo 2 detalla los requisitos para la concesión de los créditos, entre ellos la comprobación de la afectación del patrimonio del damnificado y la falta de otros medios de financiación. El artículo 3 establece que los créditos se otorgarán en forma de préstamos con intereses reducidos, con un plazo de amortización de hasta 15 años, y que se podrán amortizar en cuotas mensuales. El artículo 4 detalla la procedencia de los fondos, indicando que los créditos se financiarán mediante recursos propios del Ministerio de Hacienda y mediante subvenciones de la Unión Europea. La norma también establece que los créditos se concederán en forma de préstamos con intereses reducidos, con un plazo de amortización de hasta 15 años, y que se podrán amortizar en cuotas mensuales. Además, se establece que los créditos se otorgarán en forma de préstamos con intereses reducidos, con un plazo de amortización de hasta 15 años, y que se podrán amortizar en cuotas mensuales. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Orden Ministerial de 1982 establece un mecanismo de concesión de créditos a damnificados por inundaciones. La norma busca facilitar la recuperación económica de las personas afectadas. La medida se enmarca en el marco de la protección de los derechos de los ciudadanos ante desastres naturales. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Concesión de créditos**: Se establece un mecanismo para otorgar créditos a damnificados por inundaciones. ⚠️ **Plazo de amortización**: Los créditos se amortizarán en un plazo máximo de 15 años. 📋 **Requisitos**: Se establecen requisitos para la concesión de los créditos, como la comprobación de la afectación del patrimonio. ℹ️ **Financiación**: Los créditos se financiarán mediante recursos propios del Ministerio de Hacienda y subvenciones de la UE. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma reglamentaria - **Fecha**: 15 de noviembre de 1982 - **Materias**: Derecho administrativo, derecho financiero, derecho de la protección de los ciudadanos - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: créditos, damnificados, inundaciones, concesión, financiación, protección ciudadana ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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