Saltar al contenido principal
Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 15 de noviembre de 1982 por la que se autoriza al Banco de Crédito Local a conceder crédito, con tipo de interés subvencionado, a las Corporaciones Locales, con motivo de las inundaciones habidas en las provincias de Barcelona, Gerona, Tarragona, Lérida y Huesca.

BOE-A-1982-30304Publicada: 19/11/1982MINISTERIO DEL INTERIOR

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-04 Fuente original: ES-BOE — Orden de 15 de noviembre de 1982 por la que se autoriza al Banco de Crédito Loca ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La norma autoriza al Banco de Crédito Local a conceder créditos con tipo de interés subvencionado a las Corporaciones Locales afectadas por inundaciones en las provincias de Barcelona, Gerona, Tarragona, Lérida y Huesca. 2. **CONTEXTO** La Orden fue emitida el 15 de noviembre de 1982 con el objetivo de proporcionar apoyo financiero a las entidades locales afectadas por desastres naturales. La situación de inundaciones en las mencionadas provincias generó una necesidad urgente de recursos económicos para la recuperación. Esta medida forma parte de un marco de políticas públicas orientadas a la gestión de riesgos y la protección de la población. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial de 15 de noviembre de 1982 establece que el Banco de Crédito Local tiene la autorización para otorgar créditos a las Corporaciones Locales en las condiciones especificadas. Según el texto, el Banco puede conceder dichos créditos con un tipo de interés subvencionado, lo que implica que el coste del préstamo será financiado parcialmente por el Estado o por una institución pública. La norma no establece un límite máximo de cantidad, pero sí indica que los créditos deben destinarse exclusivamente a la reparación de daños causados por las inundaciones. La autorización se otorga bajo el marco de la regulación bancaria vigente en la época, que permitía a instituciones financieras públicas intervenir en situaciones de emergencia. No se menciona la existencia de un marco legal específico para este tipo de operaciones, lo que sugiere que se basa en la regulación general de los créditos y en la política de apoyo a la comunidad. La norma también establece que las Corporaciones Locales deben cumplir con ciertos requisitos previos para acceder a los créditos, como la presentación de un proyecto de inversión o de gastos relacionados con la reparación de daños. No se detalla en qué forma exacta se debe realizar esta presentación, lo que indica que se dejaba a la discreción del Banco de Crédito Local. En cuanto a la vigencia, la norma no establece una fecha de finalización, lo que sugiere que su aplicación podría haberse extendido hasta que se completaran los trabajos de reparación o hasta que se hubieran agotado los recursos disponibles. No se menciona la existencia de un mecanismo de control o seguimiento de los créditos otorgados, lo que podría indicar una falta de supervisión en el uso de los fondos. Esta norma refleja una política de intervención estatal en situaciones de emergencia, con el objetivo de garantizar la estabilidad económica de las entidades locales afectadas. Aunque no se establecen mecanismos de control estrictos, la autorización del Ministerio indica un compromiso con la protección de la comunidad local. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma autoriza al Banco de Crédito Local a otorgar créditos con interés subvencionado a las Corporaciones Locales afectadas por inundaciones. No establece mecanismos de control estrictos, lo que sugiere una intervención estatal orientada a la estabilidad económica en situaciones de emergencia. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Autorización de créditos subvencionados**: El Banco de Crédito Local puede otorgar créditos a las Corporaciones Locales con interés subvencionado. ⚠️ **Falta de mecanismos de control**: No se establecen mecanismos estrictos para el control del uso de los fondos. 📋 **Destino exclusivo a reparaciones**: Los créditos deben destinarse exclusivamente a la reparación de daños causados por inundaciones. ℹ️ **Aplicación en emergencias**: La norma se aplica en situaciones de emergencia, como inundaciones en provincias específicas. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma reglamentaria - **Fecha**: 15 de noviembre de 1982 - **Materias**: Financiación pública, emergencias, gestión de riesgos, apoyo a entidades locales - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: crédito subvencionado, inundaciones, Corporaciones Locales, Banco de Crédito Local, emergencias, apoyo financiero ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →