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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 25 de octubre de 1982 por la que se crea en el Instituto Nacional de Investigaciones Agrarias la Unidad de Gestión y Transferencia de Obtenciones.

BOE-A-1982-31207Publicada: 29/11/1982MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-04 Fuente original: ES-BOE — Orden de 25 de octubre de 1982 por la que se crea en el Instituto Nacional de In ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden de 25 de octubre de 1982 establece la creación de la Unidad de Gestión y Transferencia de Obtenciones dentro del Instituto Nacional de Investigaciones Agrarias, con el objetivo de gestionar y transferir las obtenciones vegetales. 2. **CONTEXTO** La Orden fue emitida por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación con el fin de mejorar la gestión de las obtenciones vegetales en el ámbito nacional. Antes de esta norma, no existía una estructura específica dentro del Instituto Nacional de Investigaciones Agrarias para la gestión de dichas obtenciones. Esta medida busca facilitar la transferencia de tecnología agrícola y mejorar la producción vegetal en el país. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 25 de octubre de 1982, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 31 de octubre de 1982, establece la creación de la Unidad de Gestión y Transferencia de Obtenciones dentro del Instituto Nacional de Investigaciones Agrarias (INIA). Esta unidad tiene como función principal la gestión de las obtenciones vegetales, incluyendo su registro, conservación, evaluación y transferencia a terceros. Según el artículo 1 de la Orden, la Unidad se encarga de "la gestión de las obtenciones vegetales, su registro, conservación, evaluación y transferencia a terceros, así como la difusión de su utilización en el ámbito nacional". El artículo 2 detalla las funciones específicas de la Unidad, entre ellas la coordinación con instituciones nacionales y internacionales, la promoción de la transferencia de tecnología agrícola y la garantía de la protección de los derechos de propiedad intelectual relacionados con las obtenciones. El artículo 3 establece la estructura interna de la Unidad, incluyendo la dirección, los departamentos de gestión, transferencia y difusión, así como el personal necesario para su funcionamiento. La Orden también establece que la Unidad debe colaborar con otros organismos públicos y privados para la aplicación de las normativas vigentes en materia de obtenciones vegetales, según lo establecido en el artículo 4. Además, se menciona la necesidad de mantener una base de datos actualizada de las obtenciones registradas, lo que se detalla en el artículo 5. Esta norma se fundamenta en el marco legal vigente en la época, incluyendo la Ley de Propiedad Intelectual y las normas relacionadas con la protección de las obtenciones vegetales, que en ese momento estaban en desarrollo. La Orden busca integrar la gestión de las obtenciones dentro de una estructura institucional consolidada, con el fin de mejorar la eficiencia y la transferencia de tecnología agrícola al sector productivo. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1982 crea una unidad específica dentro del INIA para gestionar y transferir las obtenciones vegetales. Esta medida busca mejorar la eficiencia en la transferencia de tecnología agrícola. La norma establece funciones, estructura y responsabilidades claras para la nueva unidad. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Creación de la Unidad de Gestión y Transferencia de Obtenciones** dentro del INIA. ⚠️ **Funciones específicas** incluyen registro, conservación, evaluación y transferencia de obtenciones. 📋 **Estructura interna** con departamentos de gestión, transferencia y difusión. ℹ️ **Colaboración con instituciones públicas y privadas** para la aplicación de normativas. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado (BOE) - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 31 de octubre de 1982 - **Materias**: Agricultura, propiedad intelectual, obtenciones vegetales - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: obtenciones vegetales, transferencia de tecnología, Instituto Nacional de Investigaciones Agrarias, gestión, propiedad intelectual ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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