Orden de 16 de diciembre de 1982 por la que se delegan determinadas atribuciones del Ministro del Interior en el Subsecretario del Interior, Director de la Seguridad del Estado, Directores Generales y otras Autoridades del Departamento.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-04 Fuente original: ES-BOE — Orden de 16 de diciembre de 1982 por la que se delegan determinadas atribuciones ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La norma establece la delegación de ciertas atribuciones del Ministro del Interior al Subsecretario del Interior, al Director de la Seguridad del Estado, a los Directores Generales y a otras autoridades del Departamento. 2. **CONTEXTO** La Orden fue publicada en el Boletín Oficial del Estado el 16 de diciembre de 1982. Se emitió en el marco de la estructura administrativa del Ministerio del Interior en la España de la época. Su objetivo fue reorganizar y optimizar la distribución de funciones dentro del Departamento. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 16 de diciembre de 1982 establece que el Ministro del Interior delega en el Subsecretario del Interior, en el Director de la Seguridad del Estado, en los Directores Generales y en otras autoridades del Departamento las atribuciones que le corresponden en virtud de su cargo. Esta delegación se efectúa con el fin de facilitar la gestión eficiente de las funciones asignadas al Ministerio del Interior. La norma establece que las funciones delegadas incluyen, entre otras, la coordinación de las actuaciones de las distintas dependencias, la supervisión de la ejecución de las políticas públicas, la gestión de los recursos humanos y materiales, así como la participación en la toma de decisiones estratégicas. La delegación se realiza en el marco de la estructura orgánica del Ministerio del Interior, que se define en el Decreto 123/1981, de 19 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Ministerio del Interior. Esta norma establece que el Ministro del Interior puede delegar en otros funcionarios las funciones que le corresponden, siempre que no se trate de funciones de mando o de atribuciones que le correspondan por razón de su cargo. La Orden también establece que la delegación se efectúa mediante resolución del Ministro del Interior, y que la delegación puede ser parcial o total, según las necesidades del servicio. Además, se establece que la delegación no implica la transferencia de la responsabilidad de las funciones delegadas, sino que se mantiene la responsabilidad del Ministro del Interior. La norma no establece un plazo de duración para la delegación, lo que implica que puede ser de carácter temporal o permanente, según la decisión del Ministro del Interior. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma establece una delegación de funciones del Ministro del Interior a otras autoridades del Departamento. Esta delegación se efectúa con el objetivo de optimizar la gestión del Ministerio. La norma no establece un plazo de duración para la delegación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Delegación de funciones**: El Ministro del Interior delega funciones en el Subsecretario del Interior, en el Director de la Seguridad del Estado, en los Directores Generales y en otras autoridades del Departamento. ⚠️ **Responsabilidad del Ministro**: Aunque se delegan funciones, el Ministro del Interior mantiene la responsabilidad de las mismas. 📋 **Estructura orgánica**: La norma se basa en la estructura orgánica del Ministerio del Interior establecida en el Decreto 123/1981. ℹ️ **Duración de la delegación**: No se establece un plazo de duración, lo que permite que la delegación sea temporal o permanente. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 16 de diciembre de 1982 - **Materias**: Funciones públicas, delegación de autoridades, estructura administrativa - **Relevancia**: ALTA **Palabras totales**: 650 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────