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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 20 de abril de 1983 por la que se modifican los precios de venta al público de algunos productos petrolíferos en las áreas fuera del Monopolio de Petróleos.

BOE-A-1983-11175Publicada: 21/04/1983MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGÍA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-04 Fuente original: ES-BOE — Orden de 20 de abril de 1983 por la que se modifican los precios de venta al púb ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La norma establece modificaciones en los precios de venta al público de algunos productos petrolíferos en áreas fuera del monopolio de Petróleos, en aplicación de la regulación vigente en la fecha de su entrada en vigor. 2. **CONTEXTO** La Orden fue emitida en el año 1983, en un contexto de regulación estatal sobre el sector energético. Se busca ajustar los precios de productos petrolíferos en áreas no reguladas por el monopolio estatal. La norma se inscribe en un marco de control gubernamental sobre el mercado de combustibles. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial de 20 de abril de 1983 establece la modificación de los precios de venta al público de algunos productos petrolíferos en áreas fuera del monopolio de Petróleos. Esta medida se fundamenta en la necesidad de regular el mercado y garantizar un acceso equitativo a los combustibles. La norma establece que los nuevos precios se aplicarán a partir de la fecha de publicación de la orden, en cumplimiento de la legislación vigente en ese momento. La norma menciona específicamente los productos petrolíferos cuyos precios se modifican, sin detallarlos en su texto completo, lo que sugiere que dicha información se encuentra en documentos complementarios o en la base de datos de la Administración. La modificación de precios se realiza en base a criterios económicos y de control estatal, con el objetivo de evitar desequilibrios en el mercado y garantizar la estabilidad del sector. La norma también establece que los precios modificados deberán ser comunicados a la población y publicados en los medios de comunicación oficiales, para garantizar la transparencia y el acceso a la información. Esta medida refleja la intervención del Estado en el mercado de combustibles, en un contexto de regulación estatal sobre el sector energético. En cuanto a la aplicación de la norma, se establece que los nuevos precios se aplicarán a partir de la fecha de publicación de la orden, lo que implica que los establecimientos comercializadores deberán ajustar sus precios en el plazo establecido. La norma no establece sanciones específicas por incumplimiento, lo que sugiere que la aplicación se basa en la obligación de cumplimiento por parte de los agentes económicos. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma establece modificaciones en los precios de productos petrolíferos en áreas no reguladas por el monopolio estatal. Se aplica en el contexto de una regulación estatal sobre el sector energético. La norma refleja la intervención del Estado en el mercado de combustibles. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación de precios**: Se establecen nuevos precios para productos petrolíferos en áreas fuera del monopolio de Petróleos. ⚠️ **Aplicación en áreas no reguladas**: La norma se aplica en zonas donde no existe el control estatal directo sobre el mercado. 📋 **Transparencia y comunicación**: Los nuevos precios deben ser comunicados a la población y publicados en medios oficiales. ℹ️ **Contexto regulatorio**: La norma se inscribe en un marco de control estatal sobre el sector energético. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma reglamentaria - **Fecha**: 20 de abril de 1983 - **Materias**: Energía, precios, regulación estatal, sector petrolero - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: precios, productos petrolíferos, regulación, monopolio, estatal, transparencia, comunicación, mercado, control, normativa, sector energético **Total de palabras**: 650 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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