Acuerdo sobre Transporte Aéreo entre el Reino de España y la República de Mauricio, hecho en Aqaba el 3 de diciembre de 2019.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Es un acuerdo bilateral de transporte aéreo internacional entre España y Mauricio, firmado en Aqaba el 3 de diciembre de 2019. Establece un marco legal para que las compañías aéreas designadas por cada país puedan operar servicios aéreos regulares entre ambas naciones, especificando derechos, obligaciones y condiciones de operación. **¿A quién afecta?** Afecta a las compañías aéreas que cada país designe para operar las rutas (en España, supervisadas por el Ministerio de Fomento/Dirección General de Aviación Civil; en Mauricio, por el Ministro responsable de aviación civil), a los pasajeros, cargadores y usuarios del transporte aéreo entre España y Mauricio, y a terceros países con los que se establezcan conexiones comerciales. **¿Qué cambia o establece?** Establece que las aerolíneas designadas pueden sobrevolar territorio, hacer escalas comerciales en puntos específicos para embarcar y desembarcar pasajeros y carga, fijar tarifas conforme a lo acordado, operar con capacidades determinadas, y cumplir con normas de seguridad operacional y de aviación. Define regímenes tributarios, procedimientos de modificación, resolución de conflictos, registro del acuerdo, y servicios intermodales combinando transporte aéreo con otros medios de transporte.
💬 Contexto ciudadano
El Acuerdo bilateral de transporte aéreo entre España y Mauricio estableció el marco legal para los vuelos regulares entre ambas naciones, en un momento en que el turismo español hacia el Índico y el turismo mauritano hacia Europa crecían significativamente. Mauricio es uno de los destinos turísticos africanos de mayor renta per cápita, con un sector de alto valor añadido orientado al turismo de lujo, que genera demanda de conectividad directa con los principales mercados europeos. El acuerdo siguió el modelo estándar de los acuerdos aéreos bilaterales de tipo Open Skies, permitiendo a las aerolíneas designadas de cada país operar con libertad de capacidad y frecuencias, en contraposición a los acuerdos más restrictivos de la era pre-liberalización que limitaban el número de vuelos y asientos autorizados por cada parte, un modelo superado en casi todo el tráfico aéreo internacional desde los años noventa.