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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 4 de mayo de 1983 por la que se reestructura la Junta de Informática del Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones, se dan normas para su funcionamiento y se modifica su composición.

BOE-A-1983-14027Publicada: 17/05/1983MINISTERIO DE TRANSPORTES, TURISMO Y COMUNICACIONES

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-04 Fuente original: ES-BOE — Orden de 4 de mayo de 1983 por la que se reestructura la Junta de Informática de ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden de 4 de mayo de 1983 establece la reestructuración de la Junta de Informática del Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones, define normas de funcionamiento y modifica su composición. 2. **CONTEXTO** Esta norma fue emitida en el marco de la reorganización administrativa del Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones. La Junta de Informática era un órgano encargado de velar por el desarrollo y la aplicación de sistemas informáticos dentro del Ministerio. La reestructuración buscaba adaptar su organización a las necesidades tecnológicas y administrativas del momento. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 4 de mayo de 1983 establece que la Junta de Informática del Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones se reestructura, se define su funcionamiento y se modifica su composición. La Junta se convierte en un órgano de asesoramiento y coordinación, con funciones de estudio, análisis y propuesta de medidas relacionadas con la utilización de sistemas informáticos en el Ministerio. La Junta está compuesta por representantes del Ministerio, así como por técnicos especializados en informática y otros profesionales con conocimientos relevantes en el área. La composición se establece en el artículo 1, que indica que la Junta estará integrada por el Director General de Informática, el Director General de Sistemas, el Director General de Tecnología de la Información, y otros representantes designados por el Ministerio. En el artículo 2, se establecen las funciones de la Junta, entre las que se incluyen: velar por el desarrollo y la aplicación de sistemas informáticos en el Ministerio, coordinar la adquisición y mantenimiento de equipos informáticos, y promover la formación y el desarrollo de personal en el área de informática. El artículo 3 detalla las funciones específicas de cada miembro, incluyendo la responsabilidad del Director General de Informática de dirigir la Junta y garantizar su funcionamiento eficiente. El Director General de Sistemas se encarga de la planificación y gestión de los sistemas informáticos, mientras que el Director General de Tecnología de la Información supervisa la implementación de las tecnologías necesarias. La Orden también establece que la Junta se reunirá periódicamente, con una frecuencia mínima de una vez al mes, y que las decisiones adoptadas requerirán la mayoría absoluta de los miembros presentes. Además, se establece que la Junta podrá solicitar información y documentación a cualquier departamento del Ministerio para realizar su labor de análisis y recomendación. La norma se complementa con disposiciones sobre la elaboración de informes periódicos, la publicación de actas de reuniones y la comunicación de decisiones a las autoridades competentes. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1983 reorganiza la Junta de Informática del Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones, estableciendo su composición, funciones y mecanismos de funcionamiento. Se busca una mejor coordinación y gestión de los sistemas informáticos dentro del Ministerio. La norma establece un marco claro para el desarrollo de políticas tecnológicas. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Reestructuración de la Junta de Informática**: Se modifica su composición y funciones para adaptarse a las necesidades tecnológicas. ⚠️ **Funciones específicas**: Cada miembro tiene responsabilidades claras, como el Director General de Informática, el Director General de Sistemas y el Director General de Tecnología de la Información. 📋 **Mecanismos de funcionamiento**: Se establecen reuniones periódicas, mayoría absoluta para decisiones, y obligación de informes y actas. ℹ️ **Contexto histórico**: La norma fue emitida en un contexto de reorganización administrativa del Ministerio. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma reglamentaria - **Fecha**: 4 de mayo de 1983 - **Materias**: Informática, gestión administrativa, sistemas informáticos - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Junta de Informática, Ministerio de Transportes, sistemas informáticos, reestructuración, funcionamiento administrativo ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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