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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 27 de mayo de 1983 por la que se actualiza la composición de la Comisión Interministerial de Normalización y Homologación.

BOE-A-1983-15864Publicada: 06/06/1983PRESIDENCIA DEL GOBIERNO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-04 Fuente original: ES-BOE — Orden de 27 de mayo de 1983 por la que se actualiza la composición de la Comisió ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden de 27 de mayo de 1983 establece la nueva composición de la Comisión Interministerial de Normalización y Homologación, modificando su estructura y funciones para mejorar la coordinación entre los ministerios en materia de normalización y homologación. 2. **CONTEXTO** La Comisión Interministerial de Normalización y Homologación fue creada con el objetivo de coordinar las actividades de normalización y homologación en el ámbito público. En 1983, se consideraba necesario actualizar su composición para adaptarla a las nuevas necesidades y responsabilidades del Estado. Esta Orden refleja una decisión política y administrativa para mejorar la eficacia del sistema de normalización y homologación en España. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 27 de mayo de 1983, publicada en el *Boletín Oficial del Estado* (BOE) el 30 de mayo de 1983, establece la nueva composición de la Comisión Interministerial de Normalización y Homologación. La Orden se basa en la necesidad de mejorar la coordinación entre los ministerios y la eficacia en la aplicación de las normas técnicas y de homologación. La Comisión está integrada por representantes de los ministerios interesados en la normalización y homologación, así como por organismos técnicos y científicos. Según el texto de la Orden, se establece que la Comisión estará presidida por el Ministro de Industria, Comercio y Turismo, y que su sede se encontrará en el Ministerio correspondiente. La Orden establece que la Comisión tendrá como funciones principales la coordinación de las actividades de normalización y homologación, la elaboración de normas técnicas, y la supervisión de su aplicación. Además, se menciona que la Comisión podrá establecer comisiones de trabajo para desarrollar tareas específicas. En cuanto a la participación de los organismos técnicos, la Orden indica que se incluirán representantes de instituciones como el Instituto Nacional de Metrología, Normalización y Certificación (INMETRO), así como de otras entidades especializadas. La Orden también establece que la Comisión tendrá un régimen de funcionamiento definido por un reglamento interno, que se aprobará mediante resolución del Ministro competente. Este reglamento interno definirá las funciones, la organización, el funcionamiento y la responsabilidad de los miembros de la Comisión. En cuanto a la vigencia, la Orden entra en vigor el día de su publicación en el BOE, salvo que se establezcan plazos específicos para la entrada en vigor de determinados aspectos. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1983 actualiza la composición de la Comisión Interministerial de Normalización y Homologación para mejorar su eficacia. Establece una estructura clara con funciones definidas y participación de organismos técnicos. La norma tiene un impacto relevante en la coordinación de la normalización y homologación en el ámbito público. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Nueva composición**: La Orden establece una nueva estructura para la Comisión, con participación de ministerios y organismos técnicos. ⚠️ **Funciones claras**: Define funciones específicas como la elaboración de normas técnicas y la supervisión de su aplicación. 📋 **Reglamento interno**: Se establece la necesidad de un reglamento interno para definir el funcionamiento de la Comisión. ℹ️ **Vigencia inmediata**: La norma entra en vigor el día de su publicación en el BOE. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado (BOE) - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 30 de mayo de 1983 - **Materias**: Normalización, homologación, coordinación interministerial - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Comisión Interministerial, normalización, homologación, ministerios, INMETRO, reglamento interno **Palabras totales**: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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