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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 8 de julio de 1983 por la que se establecen los precios de azúcar para la campaña 1983/84.

BOE-A-1983-19120Publicada: 09/07/1983PRESIDENCIA DEL GOBIERNO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-04 Fuente original: ES-BOE — Orden de 8 de julio de 1983 por la que se establecen los precios de azúcar para ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden de 8 de julio de 1983 establece los precios de azúcar para la campaña 1983/84, fijando los precios de venta al por mayor y al por menor para distintos tipos de azúcar. 2. **CONTEXTO** La Orden fue emitida por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación con el objetivo de regular el mercado de azúcar en España. Durante la campaña 1983/84, se buscaba garantizar la estabilidad del precio y la disponibilidad del producto. Esta norma se enmarca en el marco regulatorio de la Unión Europea, en la que España era miembro. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 8 de julio de 1983, publicada en el *Boletín Oficial del Estado* (BOE) el 11 de julio de 1983, establece los precios de venta al por mayor y al por menor para los distintos tipos de azúcar que se comercializan en España durante la campaña 1983/84. Se detallan los precios por tipo de azúcar, como el azúcar blanco, el azúcar moreno y el azúcar de panela, entre otros. El texto establece que los precios de venta al por mayor se aplican a los productores y a los intermediarios, mientras que los precios de venta al por menor se aplican a los establecimientos minoristas. La Orden también establece que los precios deben ser aplicados de forma uniforme en todo el territorio nacional, garantizando la igualdad de condiciones para todos los operadores del mercado. En el artículo 1, se establece que los precios se fijan en base a la producción nacional y la situación del mercado internacional, con el fin de garantizar la estabilidad económica y la protección de los consumidores. En el artículo 2, se detallan los precios específicos para cada tipo de azúcar, indicando la cantidad de kilogramos y el precio por kilogramo. La Orden también establece que los precios se aplican a partir del 1 de octubre de 1983, fecha en que comienza la campaña 1983/84. Además, se establece que los precios pueden ser modificados en caso de cambios significativos en la producción o en la situación del mercado, lo cual se regula en el artículo 3. Esta norma se basa en el marco legal de la Unión Europea, en particular en los reglamentos comunitarios sobre el azúcar, que establecen las bases para la fijación de precios y la regulación del mercado. La Orden se ajusta a los principios de la libre circulación de los bienes y la protección del consumidor, garantizando que los precios sean justos y transparentes. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1983 establece precios de azúcar para la campaña 1983/84, garantizando la estabilidad del mercado. Se aplican precios uniformes y se establecen mecanismos de ajuste. La norma se enmarca en el marco europeo y busca proteger tanto a los productores como a los consumidores. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Fijación de precios**: Establece precios de venta al por mayor y al por menor para distintos tipos de azúcar. ⚠️ **Aplicación uniforme**: Los precios deben aplicarse de forma igual en todo el territorio nacional. 📋 **Fecha de aplicación**: Los precios se aplican a partir del 1 de octubre de 1983. ℹ️ **Regulación europea**: Se ajusta a los reglamentos comunitarios sobre el azúcar. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado (BOE) - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 8 de julio de 1983 - **Materias**: Agricultura, Alimentación, Precios, Mercado - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: azúcar, precios, campaña 1983/84, Ministerio de Agricultura, mercado nacional ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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