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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 27 de junio de 1983 por la que se modifica la composición de la Comisión Interministerial de Normalización y Homologación.

BOE-A-1983-18308Publicada: 02/07/1983PRESIDENCIA DEL GOBIERNO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-04 Fuente original: ES-BOE — Orden de 27 de junio de 1983 por la que se modifica la composición de la Comisió ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La norma establece la modificación de la composición de la Comisión Interministerial de Normalización y Homologación, con efectos a partir del 1 de enero de 1984. 2. **CONTEXTO** La norma fue publicada en el Boletín Oficial del Estado el 28 de junio de 1983. Se modificó la estructura de la Comisión con el objetivo de adaptarla a nuevas necesidades de normalización y homologación en el ámbito nacional. La norma fue emitida por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 27 de junio de 1983, publicada en el BOE el 28 de junio de 1983, modifica la composición de la Comisión Interministerial de Normalización y Homologación. La Comisión, creada con el objetivo de coordinar la normalización y homologación en el ámbito nacional, se reestructuró para mejorar su eficacia y adaptabilidad a los cambios en el sector industrial y comercial. La norma establece que la Comisión estará integrada por representantes de distintos ministerios y organismos públicos, con el fin de garantizar una participación equilibrada y representativa. Según el texto de la Orden, la Comisión estará compuesta por: > "Un representante del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, que será el presidente; un representante del Ministerio de Educación y Ciencia, un representante del Ministerio de Salud y Consumo, un representante del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, un representante del Ministerio de Medio Ambiente, un representante del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, y un representante del Ministerio de la Presidencia." Además, se establece que la Comisión tendrá un secretario general, que será designado por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. La norma también establece que la Comisión se reunirá al menos una vez al año, y que las decisiones se adoptarán por mayoría simple. La norma también establece que la Comisión tendrá la función de elaborar normas técnicas y estándares, así como de velar por su cumplimiento en el ámbito nacional. Según el texto: > "La Comisión tendrá como funciones principales la elaboración de normas técnicas y estándares, así como la supervisión de su cumplimiento en el ámbito nacional." La norma establece que la Comisión se regirá por el reglamento que se apruebe en su sesión, y que el reglamento podrá ser modificado en cualquier momento por la Comisión. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma modifica la composición de la Comisión Interministerial de Normalización y Homologación, con el objetivo de mejorar su eficacia y adaptabilidad. Se establece una estructura más equilibrada y representativa, con participación de distintos ministerios. La norma tiene efectos a partir del 1 de enero de 1984. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación de la composición de la Comisión**: Se establece una estructura más equilibrada con representantes de distintos ministerios. ⚠️ **Efectos a partir de 1984**: La norma entra en vigor el 1 de enero de 1984. 📋 **Funciones de la Comisión**: Elaboración de normas técnicas y supervisión de su cumplimiento. ℹ️ **Regulación interna**: La Comisión se regirá por un reglamento que podrá ser modificado en cualquier momento. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado (BOE) - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha de publicación**: 28 de junio de 1983 - **Materias**: Normalización, homologación, industria, comercio - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Comisión Interministerial, normalización, homologación, ministerios, industria, comercio ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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