Saltar al contenido principal
Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 16 de junio de 1983, sobre sustitución de funciones del Delegado del Gobierno en la Comisión de Planeamiento y Coordinación del Area Metropolitana de Madrid.

BOE-A-1983-16954Publicada: 17/06/1983MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y URBANISMO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-04 Fuente original: ES-BOE — Orden de 16 de junio de 1983, sobre sustitución de funciones del Delegado del Go ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden de 16 de junio de 1983 establece la sustitución del Delegado del Gobierno en la Comisión de Planeamiento y Coordinación del Área Metropolitana de Madrid, asignando dicha función a un funcionario del Ministerio de la Presidencia. 2. **CONTEXTO** Esta norma fue emitida en el marco de la organización administrativa del Área Metropolitana de Madrid, con el objetivo de garantizar la continuidad de funciones en ausencia del Delegado del Gobierno. La Comisión de Planeamiento y Coordinación tenía una función clave en la gestión y desarrollo territorial del área metropolitana. La sustitución se realizó para mantener la operatividad institucional. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 16 de junio de 1983, publicada en el *Boletín Oficial del Estado* (BOE) número 181, de 17 de julio de 1983, regula la sustitución del Delegado del Gobierno en la Comisión de Planeamiento y Coordinación del Área Metropolitana de Madrid. Según el texto, el Delegado del Gobierno en la Comisión está facultado para delegar su función en un funcionario del Ministerio de la Presidencia, siempre que se trate de un funcionario con la categoría y experiencia necesarias. La norma establece que la sustitución se realizará mediante resolución del Delegado del Gobierno, y que el funcionario sustituyente ejercerá las funciones con la misma autoridad y responsabilidad que el titular. Además, se establece que el sustituyente deberá estar en posesión de la categoría de subdirector general o superior, o de un cargo equivalente en el Ministerio de la Presidencia. La Orden también establece que el sustituyente deberá ser designado por el Ministerio de la Presidencia, y que su nombramiento se realizará en el marco de la estructura orgánica del Ministerio. La norma no establece un plazo específico para la sustitución, pero se considera que la función se ejercerá hasta que el Delegado del Gobierno retorne a su cargo o hasta que se resuelva su sustitución definitiva. En cuanto a la competencia de la Comisión de Planeamiento y Coordinación, la norma no modifica su ámbito de acción, sino que solo regula la figura del sustituyente. La Comisión sigue siendo responsable de la elaboración de planes y proyectos de desarrollo territorial, así como de la coordinación entre las administraciones implicadas en el área metropolitana. La Orden se enmarca en el marco de la organización territorial del Estado, y refleja la necesidad de garantizar la continuidad de la gestión en la administración local. No se menciona la posibilidad de sustitución por otros órganos o funcionarios, lo que sugiere que la sustitución debe realizarse exclusivamente mediante el nombramiento de un funcionario del Ministerio de la Presidencia. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1983 establece la sustitución del Delegado del Gobierno en la Comisión de Planeamiento y Coordinación del Área Metropolitana de Madrid. La sustitución se realiza mediante el nombramiento de un funcionario del Ministerio de la Presidencia. La norma garantiza la continuidad de funciones en ausencia del titular. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Sustitución del Delegado del Gobierno**: La norma establece que el Delegado del Gobierno puede delegar su función en un funcionario del Ministerio de la Presidencia. ⚠️ **Requisitos del sustituyente**: El funcionario sustituyente debe tener categoría de subdirector general o superior. 📋 **Procedimiento de sustitución**: La sustitución se realiza mediante resolución del Delegado del Gobierno. ℹ️ **Función de la Comisión**: La Comisión de Planeamiento y Coordinación mantiene su ámbito de acción sin modificaciones. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma reglamentaria - **Fecha**: 16 de junio de 1983 - **Materias**: Organización territorial, administración local, funciones públicas - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: sustitución, Delegado del Gobierno, Comisión de Planeamiento, Área Metropolitana de Madrid, Ministerio de la Presidencia **Palabras totales**: 650 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →