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Orden MinisterialNacionalvigente

Resolución de 15 de julio de 1983, de la Secretaría General de Pesca Marítima, por la que se efectúa la revisión al día 1 de enero del censo de las flotas de altura y gran altura adjunto a la Orden de 12 de junio de 1981.

BOE-A-1983-20760Publicada: 27/07/1983MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-04 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 15 de julio de 1983, de la Secretaría General de Pesca Marítima, p ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 15 de julio de 1983, de la Secretaría General de Pesca Marítima, establece la revisión del censo de las flotas de altura y gran altura al día 1 de enero de 1983, basándose en la Orden de 12 de junio de 1981. 2. **CONTEXTO** Esta resolución se emite en el marco de la regulación de la pesca marítima en España. Se busca actualizar el censo de las flotas para garantizar su actualización y precisión. La Orden de 1981 había establecido el censo inicial, pero era necesario realizar una revisión periódica. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 15 de julio de 1983, de la Secretaría General de Pesca Marítima, establece que se efectúa una revisión del censo de las flotas de altura y gran altura al día 1 de enero de 1983. Esta revisión se lleva a cabo en aplicación de la Orden de 12 de junio de 1981, que había establecido el censo inicial. La revisión se realiza para garantizar que el censo refleje la realidad actual de las flotas, incluyendo la incorporación de nuevos buques y la salida de otros. La Secretaría General de Pesca Marítima se encarga de la ejecución de esta revisión, lo que implica la recopilación de datos actualizados sobre las flotas. La resolución establece que la revisión se efectúa en el marco de la normativa vigente sobre pesca marítima, que incluye la regulación de las flotas y su gestión. La resolución también establece que los datos obtenidos durante la revisión se utilizarán para la elaboración de informes y la toma de decisiones en materia de gestión pesquera. La resolución no establece nuevas normas, sino que se basa en la normativa ya vigente. La revisión se lleva a cabo en el marco de la política de gestión sostenible de la pesca marítima, que busca garantizar la conservación de los recursos pesqueros. La resolución también establece que la revisión se efectúa con la participación de las autoridades competentes, lo que garantiza su cumplimiento y efectividad. La resolución no establece sanciones ni medidas punitivas, sino que se centra en la actualización del censo y su uso para la toma de decisiones. La resolución se emite en el marco de la regulación de la pesca marítima en España, que busca garantizar la sostenibilidad y la gestión eficiente de los recursos pesqueros. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La resolución establece la revisión del censo de las flotas de altura y gran altura al 1 de enero de 1983. Se basa en la normativa vigente y busca garantizar la actualización del censo. La revisión se efectúa con la participación de las autoridades competentes. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Revisión del censo**: Se efectúa la revisión del censo de las flotas de altura y gran altura al 1 de enero de 1983. ⚠️ **Basada en normativa vigente**: La revisión se lleva a cabo en aplicación de la Orden de 12 de junio de 1981. 📋 **Participación de autoridades**: La Secretaría General de Pesca Marítima se encarga de la ejecución de la revisión. ℹ️ **Objetivo de sostenibilidad**: La revisión busca garantizar la sostenibilidad y la gestión eficiente de los recursos pesqueros. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Resolución de 15 de julio de 1983, de la Secretaría General de Pesca Marítima - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 15 de julio de 1983 - **Materias**: Pesca marítima, gestión de flotas, censo de buques - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: censo, flotas, pesca marítima, revisión, gestión sostenible ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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