Real Decreto 1041/2021, de 23 de noviembre, por el que se modifican el Real Decreto 2606/1996, de 20 de diciembre, sobre fondos de garantía de depósitos de entidades de crédito; y el Real Decreto 1012/2015, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla la Ley 11/2015, de 18 de junio, de recuperación y resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión, y por el que se modifica el Real Decreto 2606/1996, de 20 de diciembre, sobre fondos de garantía de depósitos de entidades de crédito.
¿Qué dice esta ley?
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💬 Contexto ciudadano
La modificación del marco de recuperación y resolución de entidades de crédito y fondos de garantía de depósitos actualizó la normativa española para completar la transposición del paquete europeo BRRD II y los requisitos de capacidad de absorción de pérdidas TLAC/MREL. La reforma reforzó las herramientas disponibles para gestionar la quiebra ordenada de entidades financieras sin rescates públicos, siguiendo las lecciones aprendidas de la crisis bancaria española de 2008-2013, cuando la resolución de bancos como Bankia o Catalunya Caixa costó decenas de miles de millones al erario público. El nuevo marco español se alineaba con el mecanismo único de resolución europeo gestionado por la Junta Única de Resolución, que desde 2014 había asumido la supervisión de los bancos de mayor importancia sistémica de la eurozona garantizando que sus accionistas y acreedores asumieran las pérdidas antes que los contribuyentes.