Saltar al contenido principal
Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 5 de agosto de 1983 por la que se aprueba la norma de calidad para la miel destinada al mercado interior.

BOE-A-1983-21932Publicada: 13/08/1983PRESIDENCIA DEL GOBIERNO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-04 Fuente original: ES-BOE — Orden de 5 de agosto de 1983 por la que se aprueba la norma de calidad para la m ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La norma establece los requisitos de calidad para la miel destinada al mercado interior en España. 2. **CONTEXTO** La Orden de 5 de agosto de 1983 fue publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) con el objetivo de regular la calidad de la miel producida en el territorio nacional. Esta norma se enmarca en el marco regulatorio de la producción agroalimentaria en España, buscando garantizar la seguridad, calidad y autenticidad del producto. La miel, siendo un producto natural, requiere de estándares claros para su comercialización. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden establece una norma de calidad para la miel destinada al mercado interior, que se aplica a toda la producción y comercialización de miel en España. La norma se basa en los principios de seguridad alimentaria, autenticidad y calidad del producto. Se establecen requisitos específicos sobre la composición, la pureza, la ausencia de contaminantes y la correcta etiquetado del producto. La norma define la miel como un producto obtenido de la secreción de las abejas, la cual se recolecta y procesa para su venta. Se establece que la miel debe ser libre de impurezas, no debe contener sustancias nocivas para la salud y debe mantener sus características naturales. Además, se establecen normas sobre la producción, almacenamiento y transporte, con el fin de garantizar su integridad. En cuanto a la etiquetado, se exige que toda empaque de miel incluya información clara sobre el origen, la fecha de producción, la composición, y las condiciones de almacenamiento. La norma también establece que la miel debe ser sometida a análisis periódicos para verificar su conformidad con los requisitos establecidos. En el artículo 1 se define la miel y se establecen los requisitos generales de calidad. En el artículo 2 se detallan las condiciones de producción y almacenamiento. El artículo 3 establece las normas de etiquetado. El artículo 4 se refiere a la inspección y control de calidad. Finalmente, el artículo 5 establece las sanciones por incumplimiento de los requisitos. La norma se aplica a todos los productores, comercializadores y distribuidores de miel en el territorio nacional, y se considera parte del marco regulatorio de la producción agroalimentaria en España. Su aplicación se realiza mediante la inspección y control por parte de las autoridades competentes, garantizando así la calidad y seguridad del producto para el consumidor. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma establece requisitos claros para la calidad de la miel en España. Su aplicación garantiza la seguridad y autenticidad del producto. Es un marco regulatorio importante en el ámbito de la producción agroalimentaria. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Definición de miel**: Se establece el concepto legal de miel como producto obtenido de la secreción de las abejas. ⚠️ **Requisitos de calidad**: Se detallan condiciones sobre composición, pureza y seguridad alimentaria. 📋 **Etiquetado obligatorio**: Se exige información clara sobre origen, composición y condiciones de almacenamiento. ℹ️ **Control y sanciones**: Se establecen mecanismos de inspección y sanciones por incumplimiento. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado (BOE) - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 5 de agosto de 1983 - **Materias**: Alimentación, producción agroalimentaria, calidad de productos - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: calidad, miel, seguridad alimentaria, etiquetado, producción agroalimentaria ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →