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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden 69/1983, de 20 de septiembre, sobre composición de las Juntas o Consejos Directivos correspondientes a los órganos propios de gestión de la Seguridal Social en la Administración Militar.

BOE-A-1983-25847Publicada: 27/09/1983MINISTERIO DE DEFENSA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-04 Fuente original: ES-BOE — Orden 69/1983, de 20 de septiembre, sobre composición de las Juntas o Consejos D ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden 69/1983 establece la composición de las Juntas o Consejos Directivos de los órganos propios de gestión de la Seguridad Social en la Administración Militar. 2. **CONTEXTO** La Orden fue publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 20 de septiembre de 1983. Fue emitida por el Ministerio de la Defensa Nacional con el objetivo de regular la estructura y organización de los órganos de gestión de la Seguridad Social en el ámbito militar. Esta norma se enmarca en el marco de la Seguridad Social en la Administración Pública. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden 69/1983 regula la composición de las Juntas o Consejos Directivos de los órganos propios de gestión de la Seguridad Social en la Administración Militar. En concreto, establece que dichas Juntas o Consejos Directivos estarán integrados por un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario y un Tesorero, así como por representantes de las distintas áreas o servicios implicados en la gestión de la Seguridad Social en el ámbito militar. Según el artículo 1 de la Orden, la Junta o Consejo Directivo se compone de un Presidente, que será el responsable de la dirección general de la gestión de la Seguridad Social en la Administración Militar; un Vicepresidente, que asumirá las funciones que le sean delegadas; un Secretario, encargado de la gestión administrativa y protocolaria; y un Tesorero, que tendrá la responsabilidad de la gestión económica y financiera. Además, el artículo 2 establece que los miembros de la Junta o Consejo Directivo serán designados por el Ministerio de la Defensa Nacional, en función de su experiencia y competencias en materia de Seguridad Social. La Orden también establece que los órganos de gestión de la Seguridad Social en la Administración Militar deberán garantizar la transparencia, la eficacia y la coordinación entre los distintos servicios y organismos involucrados en la gestión de la Seguridad Social. En cuanto a la organización interna, el artículo 3 detalla que cada Junta o Consejo Directivo estará dividido en comisiones de trabajo, encargadas de analizar y resolver cuestiones específicas relacionadas con la gestión de la Seguridad Social. Estas comisiones estarán integradas por representantes de los distintos servicios y organismos involucrados, y su funcionamiento se regirá por las normas internas de cada Junta o Consejo Directivo. La Orden también establece que los órganos de gestión de la Seguridad Social en la Administración Militar deberán mantener una relación de colaboración con las entidades públicas y privadas que prestan servicios en materia de Seguridad Social, garantizando la continuidad y la calidad de los servicios ofrecidos a los trabajadores y beneficiarios. En resumen, la Orden 69/1983 establece una estructura clara y funcional para la gestión de la Seguridad Social en la Administración Militar, con una división de funciones y responsabilidades entre los distintos órganos y miembros de la Junta o Consejo Directivo, con el objetivo de garantizar una gestión eficiente y transparente. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden 69/1983 establece la composición y organización de los órganos de gestión de la Seguridad Social en la Administración Militar. Regula la estructura de las Juntas o Consejos Directivos, con funciones y responsabilidades definidas. Es una norma de carácter reglamentario que establece un marco de organización interna. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Composición de las Juntas o Consejos Directivos**: Incluye Presidente, Vicepresidente, Secretario y Tesorero. ⚠️ **Designación de miembros**: Realizada por el Ministerio de la Defensa Nacional. 📋 **Funciones específicas**: Cada órgano tiene funciones definidas en materia de gestión de la Seguridad Social. ℹ️ **Colaboración con entidades externas**: Se establece la necesidad de coordinación con organismos públicos y privados. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado (BOE) - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 20 de septiembre de 1983 - **Materias**: Seguridad Social, Administración Pública, Administración Militar - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Seguridad Social, Administración Militar, Organización de órganos, Reglamento, Ministerio de la Defensa Nacional **Total de palabras**: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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