Orden de 8 de septiembre de 1983 por la que se modifica la de 25 de mayo de 1982, que creó la Comisión de Estadística del Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-04 Fuente original: ES-BOE — Orden de 8 de septiembre de 1983 por la que se modifica la de 25 de mayo de 1982 ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La norma establece la creación de la Comisión de Estadística del Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones, modificando una disposición anterior. 2. **CONTEXTO** La Orden de 8 de septiembre de 1983 modifica la Orden de 25 de mayo de 1982. Esta última había creado la Comisión de Estadística del Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones. La norma busca ajustar o ampliar las funciones de dicha comisión. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 8 de septiembre de 1983, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 14 de septiembre de 1983, modifica la Orden de 25 de mayo de 1982, que establecía la creación de la Comisión de Estadística del Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones. La norma establece que dicha comisión tendrá como función principal la recopilación, análisis y difusión de datos estadísticos relacionados con el sector de transporte, turismo y comunicaciones. Además, se le atribuyen funciones de coordinación con otras instituciones y de elaboración de informes periódicos. La Comisión estará integrada por representantes del Ministerio, así como por expertos en estadística y otros profesionales necesarios. Se establece que la comisión será presidida por el subsecretario del Ministerio o, en su ausencia, por el director general de la dependencia correspondiente. La norma también establece que la comisión tendrá una duración de cinco años, renovable, y que su funcionamiento se regirá por el reglamento que se apruebe al efecto. En el texto se menciona que la comisión tendrá como objetivo “la mejora de la calidad de los datos estadísticos y su utilización para la toma de decisiones en el ámbito de la política pública”. Se establece que la comisión podrá solicitar a terceros la colaboración en la realización de estudios o encuestas, siempre que se respeten los principios de confidencialidad y protección de datos. La norma también establece que la comisión podrá participar en proyectos de investigación y desarrollo en el ámbito de la estadística oficial. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma establece la creación de la Comisión de Estadística del Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones. Se detalla su composición, funciones y duración. La norma busca mejorar la calidad de los datos estadísticos y su utilización en la toma de decisiones públicas. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Creación de la Comisión de Estadística**: Se establece la creación de una comisión encargada de la recopilación y análisis de datos estadísticos en el ámbito de transporte, turismo y comunicaciones. ⚠️ **Funciones ampliadas**: La comisión tiene funciones de coordinación, elaboración de informes y participación en proyectos de investigación. 📋 **Estructura y duración**: La comisión está integrada por representantes del Ministerio y expertos, y tiene una duración de cinco años. ℹ️ **Regulación interna**: Su funcionamiento se regirá por un reglamento que se apruebe posteriormente. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado (BOE) - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 14 de septiembre de 1983 - **Materias**: Estadística, transporte, turismo, comunicaciones - **Relevancia**: ALTA Palabras totales: 650 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────