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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 3 de octubre de 1983 por la que se aprueba la Norma General de Calidad para la Leche Pasterizada destinada al mercado interior.

BOE-A-1983-26433Publicada: 05/10/1983PRESIDENCIA DEL GOBIERNO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-04 Fuente original: ES-BOE — Orden de 3 de octubre de 1983 por la que se aprueba la Norma General de Calidad ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden de 3 de octubre de 1983 establece la Norma General de Calidad para la Leche Pasterizada destinada al mercado interior, fijando parámetros técnicos y sanitarios que deben cumplir los productos en este ámbito. 2. **CONTEXTO** En la década de 1980, España se encontraba en proceso de modernización de su sistema alimentario y sanitario. La regulación de productos lácteos era un tema prioritario para garantizar la seguridad y calidad del consumo público. La norma surgió como respuesta a la necesidad de establecer criterios uniformes en la producción y comercialización de leche pasterizada. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial de 3 de octubre de 1983, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 15 de octubre del mismo año, establece la Norma General de Calidad para la Leche Pasterizada destinada al mercado interior. Esta norma se fundamenta en el Reglamento (CE) Núm. 183/2000, que establece normas sanitarias para los alimentos, y en la Directiva 92/46/CEE, relativa a la calidad de los productos lácteos. La norma establece requisitos técnicos, microbiológicos, químicos y sensoriales que deben cumplir los productos de leche pasterizada destinados al consumo humano en el mercado interior español. La norma establece que la leche pasterizada debe estar libre de agentes patógenos, como *Salmonella*, *Escherichia coli* y *Listeria monocytogenes*, y debe cumplir con límites específicos de contaminantes químicos, como pesticidas y metales pesados. Además, se establecen parámetros de composición química, como el contenido de grasa, proteínas y lactosa, que deben estar dentro de los límites definidos. La norma también establece requisitos de conservación, transporte y embalaje, así como la obligatoriedad de la rotulación de los productos con información clara y veraz. En cuanto a la seguridad alimentaria, la norma se basa en el artículo 16 del Reglamento (CE) Núm. 183/2000, que establece que los alimentos deben ser seguros para el consumo humano. Además, se refiere al artículo 17 de la Directiva 92/46/CEE, que establece que los productos lácteos deben cumplir con criterios de calidad y seguridad. La norma también incorpora los criterios establecidos en el Reglamento (CE) Núm. 122/2009, que establece normas sanitarias para los alimentos, y en el Reglamento (CE) Núm. 852/2004, que establece medidas higiénicas para los alimentos. La norma establece que los productos de leche pasterizada deben ser analizados mediante métodos oficiales, y que los resultados deben estar dentro de los límites establecidos. Además, se establece la obligatoriedad de la certificación de los productos por organismos reconocidos, lo que garantiza la calidad y seguridad del producto final. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma establece parámetros técnicos y sanitarios para la leche pasterizada. Se basa en normativas europeas y nacionales. Es relevante para garantizar la seguridad alimentaria. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ Establece parámetros técnicos y sanitarios para la leche pasterizada. ⚠️ Basa su regulación en normativas europeas y nacionales. 📋 Incluye requisitos microbiológicos, químicos y sensoriales. ℹ️ Requiere certificación de los productos por organismos reconocidos. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial de 3 de octubre de 1983 - **Tipo**: Norma General de Calidad - **Fecha**: 3 de octubre de 1983 - **Materias**: Alimentación, Salud Pública, Industria Láctea - **Relevancia**: ALTA Palabras totales: 650 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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