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Orden MinisterialNacionalvigente

Corrección de erratas de la Orden de 11 de julio de 1983 por la que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria MIE-AP9 del Reglamento de Aparatos a Presión referente a recipientes frigoríficos.

BOE-A-1983-27339Publicada: 17/10/1983MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGÍA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-04 Fuente original: ES-BOE — Corrección de erratas de la Orden de 11 de julio de 1983 por la que se aprueba l ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La norma corrige erratas en la Orden de 11 de julio de 1983 que aprueba la Instrucción Técnica Complementaria MIE-AP9 del Reglamento de Aparatos a Presión, relacionada con recipientes frigoríficos. 2. **CONTEXTO** La Orden de 1983 establecía normas técnicas para la fabricación y uso de recipientes frigoríficos bajo el Reglamento de Aparatos a Presión. En el transcurso del tiempo, se detectaron errores en dicha orden, lo que generó ambigüedad en su aplicación. Para resolver esta situación, se emitió una corrección de erratas que busca clarificar y actualizar dichas normas técnicas. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La norma corrige errores tipográficos y de redacción en la Orden de 11 de julio de 1983, que aprobaba la Instrucción Técnica Complementaria MIE-AP9 del Reglamento de Aparatos a Presión. Estos errores afectaban la correcta interpretación de los requisitos técnicos aplicables a los recipientes frigoríficos. Según el texto de la corrección, se modifica el artículo 1, párrafo 2, donde se establecía que los recipientes frigoríficos deben cumplir con las normas de seguridad establecidas en el Reglamento de Aparatos a Presión. La corrección establece que dichas normas deben ser aplicadas de forma coherente con el resto del reglamento. Además, se corrige la mención de la norma de referencia, que se había mal citado en la Orden original. La corrección también incluye ajustes en la redacción de los artículos 3 y 4, que establecen los requisitos de verificación y control de los recipientes frigoríficos. Estos cambios buscan garantizar que las normas técnicas sean aplicadas de manera uniforme y segura, evitando confusiones en la práctica. La norma no introduce nuevas obligaciones, sino que corrige errores previos para garantizar la coherencia y la aplicación correcta de las normas vigentes. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma corrige errores en una orden anterior para garantizar la correcta aplicación de las normas técnicas. No introduce nuevas obligaciones, sino que busca claridad y coherencia. Es relevante para la aplicación de las normas de seguridad en recipientes frigoríficos. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de erratas**: Se corrigen errores en una orden anterior para garantizar la coherencia de las normas técnicas. ⚠️ **No nuevas obligaciones**: La norma no introduce nuevas obligaciones, sino que ajusta errores previos. 📋 **Aplicación técnica**: Se refiere a recipientes frigoríficos y su cumplimiento con normas de seguridad. ℹ️ **Relevancia técnica**: Es relevante para la aplicación correcta de las normas de seguridad en la industria. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Corrección de erratas - **Fecha**: 11 de julio de 1983 (original), fecha de corrección no especificada - **Materias**: Reglamento de Aparatos a Presión, recipientes frigoríficos, seguridad industrial - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: erratas, recipientes frigoríficos, seguridad, Reglamento de Aparatos a Presión, normativa técnica ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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