Orden MinisterialNacionalvigente

Orden PCM/1383/2021, de 9 de diciembre, por la que se regula el Registro de Funcionarios Habilitados en el ámbito de la Administración General del Estado, sus Organismos Públicos y Entidades de Derecho Público.

BOE-A-2021-20478Publicada: 11/12/2021Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Esta orden crea y regula el Registro de Funcionarios Habilitados (RFH), una lista oficial de empleados públicos que pueden asistir a ciudadanos en dos cosas: identificarlos y firmar electrónicamente en su nombre ante la administración, y expedir copias auténticas de documentos. El registro funcionará en el Ministerio de Hacienda y Función Pública, con apoyo técnico del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital. **¿A quién afecta?** Afecta principalmente a ciudadanos que no tienen medios electrónicos propios para comunicarse con la administración pública y no están obligados a hacerlo por vía electrónica. También afecta a los funcionarios públicos que pueden ser inscritos como habilitados para realizar estas funciones, especialmente los que trabajan en Oficinas de Asistencia en Materia de Registros. Aplica a toda la Administración General del Estado y sus organismos públicos vinculados. **¿Qué cambia o establece?** Establece un registro centralizado y accesible a través del Punto de Acceso General de la Administración donde constarán todos los funcionarios autorizados para asistir a ciudadanos en trámites electrónicos (identificación, firma, copias auténticas). Define quién gestiona el registro, cómo se inscriben los funcionarios, qué credenciales reciben y cómo funcionará técnicamente el sistema para que cualquier administración pública pueda consultarlo.

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta orden existía un sistema disperso donde la asistencia a ciudadanos en trámites electrónicos se ejercía sin un registro unificado, generando inseguridad jurídica sobre quién estaba realmente habilitado. La PCM/1383/2021 centraliza este registro nacional, alineándose con directivas UE sobre administración electrónica inclusiva (como la Directiva 2016/2102), mientras que algunas CCAA ya disponían de sistemas propios parciales. A diferencia de otras normas estatales que dejan cierta descentralización, esta impone un estándar único desde el Ministerio de Hacienda, garantizando uniformidad en toda la AGE. Para el ciudadano es decisivo porque garantiza acceso seguro y verificable a trámites electrónicos sin exigir habilidades digitales propias, especialmente relevante en España donde la brecha digital aún afecta a sectores vulnerables, y crea certeza sobre la autenticidad de quienes les asisten.

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