Orden MinisterialNacionalvigente

Orden ISM/1375/2021, de 3 de diciembre, por la que se desarrolla el Registro de Mediadores Sociales del Ingreso Mínimo Vital.

BOE-A-2021-20316Publicada: 09/12/2021Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Una orden del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones que crea y regula un registro público. Este registro permite inscribir a entidades sin ánimo de lucro (asociaciones, fundaciones, ONG) que actúan como mediadores para ayudar en la tramitación del Ingreso Mínimo Vital. El registro será gestionado por el Estado y es de acceso público. **¿A quién afecta?** Afecta a las entidades del Tercer Sector que quieran inscribirse como mediadores sociales del Ingreso Mínimo Vital. Afecta también a las personas que solicitan esta prestación, porque estos mediadores pueden certificar que cumplen ciertos requisitos necesarios. Y afecta al Estado, que usa estos mediadores para acelerar la tramitación de la prestación. **¿Qué cambia o establece?** Establece un procedimiento para que las entidades sin ánimo de lucro se inscriban en el registro y, una vez inscritas, puedan emitir certificados que acrediten que los solicitantes cumplen con determinados requisitos del Ingreso Mínimo Vital. Esta colaboración temporal durará cinco años. Define también que el registro debe incluir información sobre las entidades inscritas, sus obligaciones, el proceso para solicitar la inscripción, la prórroga, la suspensión y la baja del registro.

💬 Contexto ciudadano

Antes del IMV, no existía un sistema formalizado de mediadores para prestaciones de renta mínima en España; cada comunidad autónoma gestionaba sus propias ayudas con criterios fragmentados. Esta orden standardiza a nivel estatal un mecanismo de colaboración público-privada novedoso comparado con esquemas europeos más centralizados, aunque similar a figuras de intermediación en Francia e Italia. La norma es de aplicación nacional, aprobada únicamente por el Estado central, aunque CCAA como Euskadi y Cataluña mantienen complementos autonómicos paralelos. Su relevancia para el ciudadano radica en democratizar el acceso al IMV: personas en vulnerabilidad social pueden acudir a entidades de confianza (ONG, asociaciones) como mediadores certificados, acelerando tramitaciones burocráticas complejas sin depender exclusivamente de oficinas públicas, reduciendo barreras de alfabetización digital y generando capilaridad territorial especialmente en zonas rurales.

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