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Orden MinisterialNacionalvigente

Corrección de errores de la Orden de 30 de julio de 1983 por la que se regula el ejercicio de la pesca con el arte de volanta dentro del caladero nacional en el litoral Cantábrico y noroeste.

BOE-A-1983-28893Publicada: 07/11/1983MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-04 Fuente original: ES-BOE — Corrección de errores de la Orden de 30 de julio de 1983 por la que se regula el ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La norma corrige errores en la Orden de 30 de julio de 1983, que regula el ejercicio de la pesca con el arte de volanta en el caladero nacional del litoral Cantábrico y noroeste. 2. **CONTEXTO** La Orden de 1983 establecía normas sobre la pesca con el arte de volanta en el litoral Cantábrico y noroeste. Sin embargo, se detectaron errores en su redacción o aplicación. Esta corrección busca garantizar la correcta interpretación y aplicación de dichas normas. La norma se emitió como un orden ministerial nacional. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La norma corrige errores en la Orden de 30 de julio de 1983, que regula el ejercicio de la pesca con el arte de volanta en el caladero nacional del litoral Cantábrico y noroeste. Se modifica la redacción de ciertos artículos para eliminar ambigüedades y garantizar la coherencia con la legislación vigente. Por ejemplo, en el artículo 1, se corrige la redacción de la definición del "arte de volanta" para evitar confusiones con otros métodos de pesca. En el artículo 3, se ajusta la redacción del régimen de autorización para que sea más claro en cuanto a los requisitos de acceso a la actividad. Asimismo, se corrige la redacción del artículo 5, que establece las condiciones de ejercicio de la pesca con el arte de volanta, para que se alinee con las normas vigentes sobre protección ambiental y gestión de recursos marinos. La norma no introduce nuevas obligaciones, sino que se limita a la corrección de errores en la redacción de la Orden original. La corrección se realiza mediante la publicación de un nuevo texto que sustituye al original, sin alterar el fondo de la norma. La corrección se justifica por la necesidad de garantizar la correcta aplicación de la norma y la coherencia con el marco jurídico vigente. La norma no establece sanciones adicionales, sino que se limita a la corrección de errores en la redacción de la Orden original. La corrección se aplica retroactivamente a partir de su publicación, sin afectar a las actividades ya realizadas en el periodo previo. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma corrige errores en la Orden de 1983 sobre la pesca con el arte de volanta. No introduce cambios sustanciales, sino que mejora la claridad y coherencia de la norma. Es una corrección de redacción, no de fondo. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ Corrección de errores en una norma de 1983 sobre la pesca con el arte de volanta. ⚠️ No introduce cambios sustanciales, solo mejora la claridad. 📋 Se aplica retroactivamente desde su publicación. ℹ️ No establece nuevas sanciones, solo ajusta la redacción. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Corrección de errores - **Fecha**: 30 de julio de 1983 (original), fecha de corrección no especificada - **Materias**: Pesca, gestión marítima, ordenación de recursos naturales - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: orden ministerial, corrección de errores, arte de volanta, pesca, litoral Cantábrico, gestión marítima ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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