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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 6 de diciembre de 1983 por la que se modifican determinados artículos de la de 4 de mayo de 1979, que regula la composición y funciones de la Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos.

BOE-A-1983-33185Publicada: 19/12/1983MINISTERIO DEL INTERIOR

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-04 Fuente original: ES-BOE — Orden de 6 de diciembre de 1983 por la que se modifican determinados artículos d ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La norma establece modificaciones a la Orden de 4 de mayo de 1979, que regula la composición y funciones de la Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos. 2. **CONTEXTO** La Orden de 1979 establecía la estructura y funciones de la Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos, con el objetivo de coordinar la gestión de armas y explosivos en el ámbito estatal. La Orden de 1983 introduce cambios en dicha norma para adaptarla a nuevas necesidades y realidades institucionales. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 6 de diciembre de 1983 modifica varios artículos de la Orden de 4 de mayo de 1979, que regula la composición y funciones de la Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos. En concreto, se modifican los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10 y 11, con el fin de adaptar la estructura de la Comisión a la evolución de las funciones y responsabilidades en materia de control y gestión de armas y explosivos. En el artículo 1 se establece que la Comisión está integrada por representantes de los Ministerios competentes, así como por expertos en la materia. En el artículo 2 se detalla la composición de la Comisión, que incluye al Ministro de Defensa, al Ministro de Interior, al Ministro de Hacienda, y otros representantes técnicos. En el artículo 3 se establece la duración del mandato de los miembros, que será de cinco años. El artículo 4 establece las funciones principales de la Comisión, entre ellas la coordinación de la gestión de armas y explosivos, la elaboración de normas técnicas y la supervisión de su cumplimiento. El artículo 5 detalla las funciones específicas de cada órgano de la Comisión, como la Dirección General de Armas y Explosivos, que se encarga de la gestión operativa. En el artículo 6 se establece el régimen de funcionamiento de la Comisión, incluyendo la celebración de reuniones periódicas y la aprobación de informes. El artículo 7 detalla las funciones de la Secretaría de la Comisión, encabezada por un director general. El artículo 8 establece el régimen de información y acceso a los datos de la Comisión. El artículo 9 establece la responsabilidad de los miembros de la Comisión en materia de cumplimiento de las normas y la protección de la información sensible. El artículo 10 detalla las funciones de la Comisión en materia de control y vigilancia de la gestión de armas y explosivos. El artículo 11 establece el régimen de publicación de las decisiones y resoluciones de la Comisión. Estas modificaciones buscan mejorar la eficacia y la coordinación entre los distintos ministerios y organismos involucrados en la gestión de armas y explosivos, garantizando un control más eficiente y una mejor adaptación a las necesidades reales del sector. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma modifica la estructura y funciones de la Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos para mejorar su eficacia y coordinación. Establece una composición más clara y una división de funciones más precisa. La norma busca adaptar la Comisión a nuevas realidades institucionales y operativas. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificaciones a la estructura de la Comisión**: Se ajusta la composición y funciones para mejorar la coordinación entre ministerios. ⚠️ **Nuevas responsabilidades**: Se establecen nuevas obligaciones para los miembros de la Comisión en materia de cumplimiento y protección de información. 📋 **Régimen de funcionamiento**: Se detalla el régimen de reuniones, informes y publicación de decisiones. ℹ️ **Adaptación a nuevas necesidades**: La norma busca adaptar la Comisión a la evolución de la gestión de armas y explosivos. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma reglamentaria - **Fecha**: 6 de diciembre de 1983 - **Materias**: Control de armas y explosivos, gestión estatal, coordinación interministerial - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos, gestión de armas, control estatal, coordinación ministerial ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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