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Ley OrdinariaNacionalvigente

Ley 1/1984, de 9 de enero, de adición de un nuevo artículo a la Ley 46/1977, de 15 de octubre.

BOE-A-1984-681Publicada: 12/01/1984Jefatura del Estado

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-04 Fuente original: ES-BOE — Ley 1/1984, de 9 de enero, de adición de un nuevo artículo a la Ley 46/1977, de ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Ley 1/1984 modifica la Ley 46/1977, añadiendo un nuevo artículo 11 bis que establece que las acciones para el reconocimiento de los derechos establecidos en dicha Ley son imprescriptibles, aunque los efectos económicos de esos derechos están sujetos a las normas de prescripción vigentes. 2. **CONTEXTO** La Ley 46/1977, de 15 de octubre, establece normas sobre derechos de los ciudadanos en materia de protección de la propiedad, derechos de los trabajadores y otros derechos fundamentales. La Ley 1/1984 fue aprobada en el contexto de reformas legislativas en la España de los años ochenta, con el objetivo de actualizar y mejorar el marco jurídico. La norma fue promulgada por el Rey Juan Carlos I y firmada por el Presidente del Gobierno, Felipe González Márquez. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Ley 1/1984 introduce un nuevo artículo 11 bis a la Ley 46/1977, con el propósito de establecer que las acciones para el reconocimiento de los derechos establecidos en dicha Ley son imprescriptibles. Esto significa que los ciudadanos pueden ejercer estas acciones en cualquier momento, sin que la prescripción pueda interrumpir su ejercicio. Sin embargo, el artículo también establece que los efectos económicos de los derechos reconocidos están sujetos a las normas de prescripción del Ordenamiento Jurídico, lo que implica que, aunque la acción no prescriba, los derechos económicos pueden estar limitados por otras normas. Además, la Ley incluye una disposición adicional que permite a los interesados solicitar la aplicación de la Ley de Amnistía incluso cuando haya existido una resolución judicial que declare la inadmisión del proceso por prescripción de la acción. Esta disposición adicional busca garantizar que los ciudadanos puedan acceder a la protección legal incluso en casos donde se hubiera considerado que la prescripción era aplicable. La disposición final establece que la Ley entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Esto significa que desde ese momento, los derechos mencionados en el artículo 11 bis estarán vigentes y aplicables. La norma se publicó en el Boletín Oficial del Estado el 9 de enero de 1984, y fue promulgada por el Rey Juan Carlos I, quien la sancionó como parte de las reformas legislativas en curso en la época. La Ley 46/1977, de la que se deriva esta modificación, es una norma de gran relevancia en el derecho español, ya que establece derechos fundamentales y protecciones para los ciudadanos. La introducción del artículo 11 bis representa una evolución en la protección de los derechos, al garantizar que las acciones para su reconocimiento no estén sujetas a la prescripción, lo que puede tener implicaciones importantes en el ámbito de los derechos de los ciudadanos y en la aplicación de la justicia. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Ley 1/1984 modifica la Ley 46/1977, añadiendo un artículo que establece la imprescriptibilidad de las acciones para el reconocimiento de derechos, aunque los efectos económicos están sujetos a normas de prescripción. La norma fue promulgada en 1984 y entra en vigor al publicarse. Permite la aplicación de la Ley de Amnistía en ciertos casos. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Imprescriptibilidad de acciones**: Las acciones para el reconocimiento de derechos son imprescriptibles. ⚠️ **Efectos económicos sujetos a prescripción**: Los derechos económicos están sujetos a normas vigentes. 📋 **Aplicación de la Ley de Amnistía**: Se permite incluso en casos de resolución judicial por prescripción. ℹ️ **Vigencia inmediata**: La norma entra en vigor al publicarse en el BOE. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Ley 1/1984 - **Tipo**: Ley Ordinaria - **Fecha**: 9 de enero de 1984 - **Materias**: Derechos fundamentales, protección de derechos, prescripción, amnistía - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: imprescriptibilidad, derechos, prescripción, amnistía, Ley 46/1977 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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