Orden de 4 de enero de 1984 por la que se modifican los precios de venta al público de determinados productos petrolíferos en el ámbito del Monopolio de Petróleos.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-04 Fuente original: ES-BOE — Orden de 4 de enero de 1984 por la que se modifican los precios de venta al públ ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden de 4 de enero de 1984 establece nuevos precios de venta al público de gasoleos B y C en el ámbito del Monopolio de Petróleos, tras la revisión motivada por el incremento del precio del crudo, costos de transporte, refinación y comercialización. 2. **CONTEXTO** En diciembre de 1982, se publicaron los precios vigentes de los gasoleos B y C en el ámbito del Monopolio de Petróleos. Desde entonces, se produjo un aumento en el precio del crudo de petróleo, así como en los gastos de transporte, refinación y comercialización. Esto generó la necesidad de revisar los precios de venta al público para mantener la realidad económica, regular el consumo y cumplir con las previsiones fiscales establecidas en los Presupuestos Generales del Estado. A propuesta de los Ministros de Economía y Hacienda y de Industria y Energía, con informe de la Junta Superior de Precios, el Consejo de Ministros decidió modificar los precios. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 4 de enero de 1984 modifica los precios de venta al público de los gasoleos B y C en el ámbito del Monopolio de Petróleos, en virtud de la necesidad de ajustarlos ante el incremento del precio del crudo y los costos de transporte, refinación y comercialización. La norma establece que a partir de las cero horas del día 5 de enero de 1984, los precios de venta al público de los productos mencionados, impuestos incluidos, serán los siguientes: gasoleo B a 42 pesetas por litro y gasoleo C a 41 pesetas por litro. Los precios no modificados por esta disposición continuarán vigentes. Además, los nuevos precios se aplicarán a los suministros pendientes de ejecución en el día de su entrada en vigor, aunque los pedidos correspondientes tengan fecha anterior. Se consideran suministros pendientes de ejecución aquellos en los que no se haya realizado en todo o en parte, por encontrarse en fase o en via de realización a las cero horas del día 5 de enero de 1984. La norma fue publicada en Madrid el 4 de enero de 1984, firmada por Moscoso del Prado y Muñoz. La norma se basa en el derecho administrativo y en el régimen de precios regulados, que permite al Estado intervenir en la fijación de precios de determinados productos, especialmente cuando se trata de bienes estratégicos o cuando existen circunstancias económicas que justifiquen un ajuste. La Orden se fundamenta en la necesidad de mantener la realidad económica, regular el consumo y cumplir con las previsiones fiscales, lo que refleja la intervención del Estado en la economía para garantizar la estabilidad y la equidad en el mercado. La norma también establece un marco de aplicación temporal y espacial, con efectos retroactivos en ciertos casos, lo que permite una transición ordenada entre los precios anteriores y los nuevos. La aplicación de los nuevos precios se extiende a los suministros pendientes de ejecución, lo que garantiza que los consumidores no sufran una ruptura abrupta en el acceso al producto. La norma no establece mecanismos de control o sanción, lo que sugiere que su aplicación se basa en la autoridad administrativa y en la cumplimiento de los criterios establecidos. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1984 establece nuevos precios de venta al público de gasoleos B y C en el ámbito del Monopolio de Petróleos, tras un ajuste motivado por el incremento de costos. Los nuevos precios se aplican a partir del 5 de enero de 1984 y afectan a suministros pendientes de ejecución. La norma refleja la intervención del Estado en la fijación de precios para garantizar la estabilidad económica y fiscal. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Ajuste de precios**: Se modifican los precios de venta al público de gasoleos B y C tras el incremento del precio del crudo y costos de transporte, refinación y comercialización. ⚠️ **Aplicación retroactiva**: Los nuevos precios se aplican a suministros pendientes de ejecución, incluso si los pedidos tienen fecha anterior. 📋 **Efectos temporales**: Los nuevos precios entran en vigor el 5 de enero de 1984, a partir de las cero horas. ℹ️ **Intervención estatal**: La norma refleja la intervención del Estado en la fijación de precios para garantizar la estabilidad económica y fiscal. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma de precio - **Fecha**: 4 de enero de 1984 - **Materias**: Precios, Monopolio de Petróleos, economía, fiscalidad - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: precios, Monopolio de Petróleos, ajuste de precios, economía, fiscalidad, Estado, normativa administrativa ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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