Resolución de 30 de noviembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de noviembre de 2021, por el que se adaptan las condiciones y se extienden los plazos de solicitud de los avales regulados por los Reales Decretos-leyes 8/2020, de 17 de marzo, y 25/2020, de 3 de julio, y se modifica el Código de Buenas Prácticas para el marco de renegociación para clientes con financiación avalada previsto en el Real
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Una norma aprobada el 30 de noviembre de 2021 que modifica las ayudas públicas otorgadas a empresas y autónomos durante la pandemia. En concreto, amplía los plazos y adapta las condiciones de los avales (garantías que el Estado pone para que los bancos concedan créditos) que se regulaban en dos normas anteriores del 2020, y también modifica las reglas de renegociación de deudas que están protegidas por estos avales. **¿A quién afecta?** Afecta a empresas y autónomos que pidieron préstamos con avales públicos para subsistir durante la COVID-19. También afecta a los bancos y entidades financieras que otorgaron esos créditos, especialmente a los que se adhirieron voluntariamente al Código de Buenas Prácticas para permitir renegociar las deudas. Además, afecta al Instituto de Crédito Oficial (ICO), que es quién gestiona estos avales, y a CERSA, que los respalda. **¿Qué cambia o establece?** Extiende hasta el 1 de junio de 2022 el plazo para solicitar estos avales públicos. Modifica el Código de Buenas Prácticas para alargar los plazos de renegociación de deudas y aumenta los límites de dinero que se pueden ayudar. Los bancos adheridos al código tienen un mes para comunicar si se niegan a estas nuevas condiciones. Todo ello debe cumplir la normativa europea sobre ayudas de Estado, y estas medidas dejan de aplicarse cuando expire la autorización de la Comisión Europea.
💬 Contexto ciudadano
Antes de esta resolución existían dos reales decretos-leyes (8/2020 y 25/2020) que establecieron el sistema de avales públicos del ICO durante la emergencia sanitaria, con plazos y condiciones más restrictivas. Esta norma de noviembre de 2021 amplía la ventanilla temporal hasta junio de 2022 y flexibiliza las condiciones de renegociación de deudas, alineándose con medidas similares en otros países europeos pero respetando el marco estricto de ayudas de Estado de la Comisión Europea. El Consejo de Ministros español y la Comisión Europea aprueban la medida; sin embargo, no todos los bancos se adhieren voluntariamente al Código de Buenas Prácticas de renegociación. Para el ciudadano empresario o autónomo, importa porque extiende su acceso a financiación subsidiada estatal y mejora sus posibilidades de reestructurar deudas en dificultades, incidiendo en su viabilidad empresarial.