Orden MinisterialNacionalvigente

Orden PCM/1324/2021, de 30 de noviembre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de noviembre de 2021, por el que se establecen medidas excepcionales para limitar la propagación y el contagio por la COVID-19, mediante la limitación de los vuelos entre determinados países del sur de África y los aeropuertos españoles.

BOE-A-2021-19801Publicada: 01/12/2021Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Es una orden del Gobierno español de noviembre de 2021 que establece medidas excepcionales de salud pública para evitar la propagación de la COVID-19. Ante la detección de una nueva variante del virus (B.1.1.529) en varios países del sur de África, el Consejo de Ministros decidió adoptar restricciones urgentes en los viajes hacia España para proteger la salud de los ciudadanos. **¿A quién afecta?** Afecta a todas las personas que deseen viajar desde Botsuana, Eswatini, Lesotho, Mozambique, Namibia, Sudáfrica y Zimbabue hacia los aeropuertos españoles. La medida se aplica a cualquier viajero que proceda de estos países, sin excepciones especificadas en el texto. **¿Qué cambia o establece?** Establece la restricción y suspensión de vuelos de pasajeros entre los siete países del sur de África mencionados y los aeropuertos españoles. Esta limitación de vuelos es la medida principal adoptada para frenar la entrada de la nueva variante al país, complementando otros controles sanitarios ya existentes en los puntos de entrada a España.

💬 Contexto ciudadano

La Orden PCM/1324/2021 representa una escalada en las medidas restrictivas de movilidad que España implementaba desde marzo de 2020, utilizando la potestad estatal sobre control de fronteras. Aunque la UE recomendaba restricciones coordinadas, esta orden española fue más restrictiva que las directrices europeas, imponiendo una prohibición total de vuelos en lugar de cuarentenas. La medida se alinea con protocolos de salud pública ante variantes emergentes, similar a las adoptadas por Francia, Italia y Alemania. Para el ciudadano español, esta restricción supone limitación temporal del derecho de libre circulación de la UE, con impacto directo en viajes de ocio y trabajo, justificado por la urgencia sanitaria ante la variante ómicron.

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