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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 17 de enero de 1984 por la que se autoriza el aumento de tarifas de la Red Nacional de los Ferrocarriles Españoles (RENFE).

BOE-A-1984-1227Publicada: 18/01/1984MINISTERIO DE TRANSPORTES, TURISMO Y COMUNICACIONES

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-04 Fuente original: ES-BOE — Orden de 17 de enero de 1984 por la que se autoriza el aumento de tarifas de la ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Ministerio de Transportes, en virtud de la autorización otorgada por la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, resuelve autorizar a la Red Nacional de los Ferrocarriles Españoles (RENFE) para aumentar las tarifas de viajeros y mercancías en un 8%. 2. **CONTEXTO** El 30 de septiembre de 1983, la RENFE presentó ante la Junta Superior de Precios un expediente de solicitud de aumento de tarifas, remitiendo una copia al Ministerio. Esta acción se realizó en cumplimiento del artículo 5 del Real Decreto 2695/1977, de 28 de octubre, sobre normativa en materia de precios. El Ministerio, tras considerar el informe de la Junta Superior de Precios, tomó la decisión de autorizar el aumento. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial de 17 de enero de 1984 autoriza a la RENFE a aumentar las tarifas de viajeros y mercancías en un 8%, en cumplimiento de los principios establecidos en el Real Decreto 2695/1977, de 28 de octubre, sobre normativa en materia de precios. Este Real Decreto establece que las empresas públicas pueden solicitar aumentos de tarifas, siempre que se ajusten a los criterios de equidad y necesidad. En concreto, el artículo 5 del mencionado Real Decreto establece que las empresas públicas pueden solicitar aumentos de tarifas, siempre que se justifiquen económicamente y se respeten los principios de transparencia y equidad. El aumento se aplica de forma diferenciada. Para los viajeros, el aumento medio ponderado es del 8%, pero se discrimina según las categorías. Así, la tarifa general de 1. y 2. clases y suplementos se incrementa un 7,20%. Las reducciones sobre tarifa general aplicables a los recorridos en unidades eléctricas, trenes ferrobus y omnibuses se ajustan de la siguiente manera: los billetes de ida y vuelta en 2. clase, de expedición diaria, excepto domingos y festivos, a cualquier distancia, se incrementan un 25%. Las tarjetas de abono mensuales para un viaje de ida y vuelta diario en 2. clase en recorridos no superiores a 75 kilómetros se aumentan un 46%. En cuanto a las mercancías, el aumento medio ponderado es del 8%, y puede discriminarsé según las distintas tarifas especiales, pero en ningún caso superará el citado aumento medio ponderado. Este criterio se basa en el principio de que las tarifas deben reflejar los costos reales y las condiciones del mercado, siempre que se respeten los derechos de los usuarios. La Orden entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Esta disposición se emitió en Madrid, el 17 de enero de 1984, firmada por el Barón Crespo, quien era el responsable del Ministerio de Transportes en ese momento. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden Ministerial de 17 de enero de 1984 autoriza a la RENFE a aumentar las tarifas de viajeros y mercancías en un 8%, en cumplimiento de la normativa vigente. El aumento se aplica de forma diferenciada, según las categorías y tipos de tarifas. La Orden entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Autorización de aumento de tarifas**: La RENFE obtiene la autorización para aumentar las tarifas de viajeros y mercancías en un 8%. ⚠️ **Discriminación por categorías**: El aumento se aplica de forma diferenciada según el tipo de tarifa y el recorrido. 📋 **Base legal**: Se basa en el Real Decreto 2695/1977, de 28 de octubre, sobre normativa en materia de precios. ℹ️ **Vigencia**: La Orden entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma de autorización - **Fecha**: 17 de enero de 1984 - **Materias**: Transporte, tarifas, precios, RENFE - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: RENFE, tarifas, aumento, Ministerio de Transportes, Real Decreto 2695/1977, precios, autorización, Boletín Oficial del Estado ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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