Orden de 27 de enero de 1984 por la que se regula el régimen de subvenciones del Instituto de la Mujer.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-04 Fuente original: ES-BOE — Orden de 27 de enero de 1984 por la que se regula el régimen de subvenciones del ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden de 27 de enero de 1984 establece el régimen de subvenciones del Instituto de la Mujer, con el objetivo de promover la igualdad entre hombres y mujeres y fomentar la participación de la mujer en la sociedad. 2. **CONTEXTO** La Orden se emite en el marco de la Ley de Creación del Instituto de la Mujer de 1983, que establece su misión de promover la igualdad entre sexos. La norma busca garantizar que las subvenciones se dirijan a programas que combatan la discriminación histórica contra la mujer. La norma se publica en el Boletín Oficial del Estado y entra en vigor al día siguiente de su publicación. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 27 de enero de 1984 regula el régimen de subvenciones del Instituto de la Mujer, estableciendo las bases para la concesión de ayudas destinadas a actividades que promuevan la igualdad entre hombres y mujeres. El Instituto, creado por la Ley de 16 de octubre de 1983, tiene como finalidad principal la promoción de condiciones que permitan la igualdad de sexos y la participación de la mujer en la vida política, cultural, económica y social. Dentro de este marco, se destaca una especial atención a programas que ayuden a erradicar la discriminación histórica contra la mujer, mediante un adecuado régimen de subvenciones. El artículo 1 establece que el Instituto, dentro de los límites de su presupuesto, concederá subvenciones para actividades en materia de su competencia. Estas subvenciones se enfocarán en lograr la igualdad entre sexos en áreas donde exista discriminación, así como en potenciar el asociacionismo femenino y la participación plena de la mujer en la sociedad. El artículo 2 detalla los programas que podrán ser subvencionados, entre otros, la difusión de los derechos de las mujeres, la defensa de sus derechos laborales, la atención a los malos tratos y la creación de centros de acogida, la planificación familiar, la imagen de la mujer en los medios publicitarios, la animación sociocultural, la alfabetización de mujeres, la difusión del pensamiento feminista, y actividades culturales relacionadas con la mujer. El artículo 3 establece que los programas a subvencionar deberán cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo. El artículo 4 detalla la documentación básica que debe acompañar la solicitud de subvención, incluyendo la instancia de solicitud, memoria de actividades del año anterior, proyecto detallado, presupuesto y datos identificativos del solicitante. El artículo 7 establece los criterios de valoración para la concesión de subvenciones, entre otros, que el programa responda a los objetivos señalados en el artículo 2, que esté claramente definido en su planificación y objetivos, que cuente con un número adecuado de participantes y beneficiarios, que tenga el informe y evaluación del órgano competente del Instituto, y que se demuestre que el solicitante no cuenta con recursos propios para la realización del programa. El artículo 8 establece que cada entidad, asociación o persona natural que reciba subvenciones deberá rendir cuentas justificando el gasto efectuado, así como la eficacia y realización de los programas subvencionados. La disposición transitoria establece los plazos para la solicitud de subvenciones en el año 1984, mientras que la disposición final indica que la Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1984 establece un régimen de subvenciones para el Instituto de la Mujer, con el objetivo de promover la igualdad entre sexos. Establece los criterios de concesión, documentación requerida y obligaciones de rendición de cuentas. La norma se publicó en el BOE y entró en vigor al día siguiente. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Objetivo principal**: Promover la igualdad entre hombres y mujeres mediante subvenciones. ⚠️ **Criterios de valoración**: El programa debe responder a los objetivos del Instituto y estar claramente definido. 📋 **Documentación requerida**: Instancia de solicitud, memoria de actividades, proyecto, presupuesto y datos identificativos. ℹ️ **Rendición de cuentas**: Obligación de justificar el gasto y la eficacia de los programas subvencionados. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma reglamentaria - **Fecha**: 27 de enero de 1984 - **Materias**: Igualdad entre sexos, subvenciones, derechos de la mujer - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Instituto de la Mujer, subvenciones, igualdad, discriminación, derechos de la mujer ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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