Orden de 27 de abril de 1984 por la que se establecen nuevas tarifas eléctricas.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-04 Fuente original: ES-BOE — Orden de 27 de abril de 1984 por la que se establecen nuevas tarifas eléctricas. ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden Ministerial de 27 de abril de 1984 establece nuevas tarifas eléctricas, revisando los precios de la energía y los derechos de acometida, enganche y verificación, en base a los índices de precios industriales del Instituto Nacional de Estadística. 2. **CONTEXTO** La Orden Ministerial de 14 de octubre de 1983 estableció nuevas tarifas eléctricas, pero surgieron dudas de interpretación y defectos técnicos en algunas fórmulas y reglas, lo que motivó la necesidad de una revisión. El Real Decreto 774/1984 de 18 de abril elevó los precios de la energía eléctrica, fijando directrices para la distribución del aumento entre las tarifas. La presente Orden desarrolla dicha norma, corrigiendo y complementando las tarifas establecidas en la Orden de 1983. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial de 27 de abril de 1984, publicada en el *Boletín Oficial del Estado* del 20 de abril de 1984, modifica y establece nuevas tarifas eléctricas, revisando los términos de potencia y energía, así como los derechos de acometida, enganche y verificación. La norma se basa en el Real Decreto 774/1984, que elevó los precios de la energía eléctrica, y en el Real Decreto 2949/1982, que estableció los derechos de acometida, enganche y verificación. La Orden establece que los términos que constituyen las tarifas básicas, establecidos en el punto 3.1 del apartado 3 de la Orden Ministerial de 14 de octubre de 1983, quedan sustituidos por nuevos valores. Por ejemplo, para la baja tensión, se establecen nuevos términos de potencia y energía, como se detalla en los puntos 1.0, 2.0, 3.0 y 4.0. Estos términos incluyen precios por kilovatio (KW) y kilovatio-hora (KWh), con variaciones según el tipo de utilización. Además, se revisan los términos de energía para las tarifas específicas, como la tarifa 2.0.B, 3.0.B, 4.0.B, 1.2.B y 1.1.B, estableciendo precios totales desde fechas determinadas. Por ejemplo, la tarifa 2.0.B tiene un precio de 13,38 pesetas/KWh desde el 15 de diciembre de 1984, y se reduce gradualmente hasta 8,38 pesetas/KWh desde el 1 de enero de 1986. La norma también establece excepciones y condiciones específicas, como el uso de complementos de energía reactiva y discriminación horaria, y limitaciones en la facturación de energía excedente. Por ejemplo, en la tarifa I, la energía consumida por encima de 670 horas/mes se facturará al precio de 2,73 pesetas/KWh, con límites máximos de consumo según el tipo de producción. En cuanto a los derechos de acometida, enganche y verificación, se revisan los términos en base a los índices de precios industriales del Instituto Nacional de Estadística, como se establece en el artículo 24 del Real Decreto 2949/1982. La Orden también establece fechas de aplicación de los nuevos precios, con excepciones para ciertos casos, como la tarifa Ie, donde el precio excedente es de 3,30 pesetas/KWh. En resumen, la norma establece una revisión integral de las tarifas eléctricas, con ajustes técnicos y económicos, en respuesta a las dudas surgidas en la normativa anterior y en cumplimiento de las directrices del Real Decreto 774/1984. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden Ministerial de 27 de abril de 1984 revisa y establece nuevas tarifas eléctricas, corrigiendo defectos técnicos y dudas de interpretación. Se ajustan los términos de potencia y energía, así como los derechos de acometida, enganche y verificación, en base a índices de precios industriales. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Revisión de tarifas eléctricas**: Se establecen nuevos precios de energía y potencia, con ajustes según el tipo de utilización y tensión. ⚠️ **Dudas técnicas y interpretativas**: La norma responde a dudas surgidas en la Orden Ministerial de 1983 y en el Real Decreto 774/1984. 📋 **Revisión de derechos de acometida**: Se actualizan los términos de acometida, enganche y verificación en base a índices de precios industriales. ℹ️ **Excepciones y condiciones**: Se establecen límites de consumo y precios excedentes según el tipo de producción. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: *Boletín Oficial del Estado* - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 27 de abril de 1984 - **Materias**: Energía eléctrica, tarifas, derechos de acometida, precios - **Relevancia**: ALTA **Palabras clave**: tarifas eléctricas, precios, derechos de acometida, Real Decreto 774/1984, índice de precios industriales. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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