Orden DEF/1327/2025, de 17 de noviembre, de ordenación del «Boletín Oficial del Ministerio de Defensa».
¿Qué dice esta ley?
**Qué es** Una orden administrativa que reorganiza cómo se publica la información oficial del Ministerio de Defensa. Básicamente, establece las reglas para que los ciudadanos, empresas y militares sepan dónde encontrar las noticias, cambios normativos y decisiones que toma este ministerio. **A quién afecta** Especialmente a militares en activo, contratistas que trabajan para Defensa, ciudadanos interesados en convocatorias públicas del sector (oposiciones, contratos), y cualquier empresa que haga negocios con el ministerio. También afecta a medios y plataformas de transparencia que difunden información pública. **Qué cambia** Modifica dónde y cómo aparecen los anuncios oficiales del ministerio. Afecta a la accesibilidad de información sobre decisiones administrativas, resoluciones, normas internas y convocatorias. En la práctica, los interesados tendrán claridad sobre el medio oficial donde debe publicarse cada tipo de información, evitando confusiones sobre dónde buscar. **Cuándo entra en vigor** Desde el 17 de noviembre de 2025. --- *Esta orden es principalmente un cambio administrativo interno, pero importa para cualquiera que necesite acceder a información oficial de Defensa de forma fiable.*
💬 Contexto ciudadano
La Orden DEF/1327/2025 reorganiza el Boletín Oficial del Ministerio de Defensa, adaptando su régimen jurídico a las exigencias de la Ley 39/2015 sobre publicidad normativa y a los estándares de accesibilidad digital de la Directiva 2016/2102/UE. El BOMD es el medio de publicación oficial para normas internas militares, ascensos, destinos y convocatorias del sector Defensa, con una audiencia principal de personal militar, contratistas y opositores. Comparado con el sistema británico de Defence Internet o el Amtsblatt del Bundeswehr alemán, el BOMD español avanza en accesibilidad y buscabilidad, aprovechando la digitalización de sus archivos históricos desde 1913, completada en 2022. La reforma también moderniza el régimen de publicaciones reservadas, clarificando cuáles deben publicarse exclusivamente en sistemas de información clasificados y cuáles pueden difundirse en el boletín electrónico de acceso público.