Resolución de 3 de mayo de 1984, de la Secretaría General Técnica, sobre aplicación del artículo 32 del Decreto 801/1972, relativo a la ordenación de la actividad de la Administración del Estado en materia de Tratados Internacionales.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-04 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 3 de mayo de 1984, de la Secretaría General Técnica, sobre aplicac ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Resolución de 3 de mayo de 1984, de la Secretaría General Técnica, publica las comunicaciones relativas a Tratados Internacionales en los que España es parte, recibidas en el Ministerio de Asuntos Exteriores entre el 1 de enero y el 30 de abril de 1984, de conformidad con el artículo 32 del Decreto 801/1972. **2. CONTEXTO** La Resolución se emite en el marco de la regulación de la actividad de la Administración del Estado en materia de Tratados Internacionales, según el Decreto 801/1972. Su objetivo es garantizar la transparencia y el acceso general a información sobre tratados internacionales en los que España participa. La Secretaría General Técnica, como órgano encargado de la gestión de esta materia, realiza la publicación de las comunicaciones recibidas en el Ministerio de Asuntos Exteriores durante el periodo indicado. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 3 de mayo de 1984, de la Secretaría General Técnica, se basa en el artículo 32 del Decreto 801/1972, de 24 de marzo, que establece la obligación de publicar las comunicaciones relativas a Tratados Internacionales en los que España es parte. Esta norma tiene por objeto garantizar la transparencia en la gestión de los tratados internacionales y facilitar el acceso a la información relevante por parte de los ciudadanos y organismos internacionales. La Resolución detalla las comunicaciones recibidas entre el 1 de enero y el 30 de abril de 1984, clasificadas en distintas categorías, como políticos y diplomáticos, derechos humanos, y regulaciones técnicas. En el ámbito de los derechos humanos, se mencionan la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de Ginebra de 1951 y el Protocolo de Nueva York de 1967, así como la adhesión del Perú al Protocolo con una declaración específica. El Perú se compromete a garantizar el cumplimiento de sus obligaciones mediante todos los medios disponibles y a cooperar con la Oficina del Alto Comisionado para Refugiados de las Naciones Unidas. En el caso de Guatemala, se menciona la adhesión a la Convención y al Protocolo con una reserva, en la que se establece que no se aplicarán normas que contravengan preceptos institucionales o normas de orden público en Guatemala. Además, se incluye una declaración bajo el artículo 1 (A) de la Convención. En el ámbito técnico, se detallan varios reglamentos sobre homologación de vehículos, como el Reglamento número 37, 41, 42, 43 y 51, que establecen prescripciones uniformes para la homologación de lámparas, motocicletas, dispositivos de protección y automóviles, respectivamente. Estos reglamentos han sido notificados por países como Yugoslavia, Hungría, Rumania y Luxemburgo, lo que refleja la participación de España en la regulación técnica internacional. La Resolución se publica en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y se firma por el Secretario General Técnico, Fernando Perpiñá-Robert Peyra, en Madrid, el 3 de mayo de 1984. Esta publicación cumple con el deber de transparencia y accesibilidad de la información sobre tratados internacionales, tal como establece el Decreto 801/1972. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución de 1984 publica las comunicaciones sobre tratados internacionales recibidas en el Ministerio de Asuntos Exteriores. Se basa en el Decreto 801/1972 y garantiza la transparencia en la gestión de tratados internacionales. La información incluye aspectos políticos, diplomáticos y técnicos. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Publicación de tratados internacionales**: La Resolución publica las comunicaciones recibidas entre enero y abril de 1984. ⚠️ **Cumplimiento de obligaciones**: El Perú se compromete a cumplir sus obligaciones bajo el Protocolo de Refugiados. 📋 **Reservas y declaraciones**: Guatemala presenta reservas en su adhesión a la Convención de Refugiados. ℹ️ **Regulación técnica**: Se incluyen reglamentos sobre homologación de vehículos y su aplicación en varios países. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado (BOE) - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 3 de mayo de 1984 - **Materias**: Tratados internacionales, derechos humanos, regulación técnica - **Relevancia**: ALTA **Palabras totales**: 650 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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