Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 1158/2021, de 28 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a las confesiones religiosas minoritarias firmantes de acuerdos de cooperación con el Estado.

BOE-A-2021-21663Publicada: 29/12/2021MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Este Real Decreto regula la concesión directa de subvenciones a las confesiones religiosas minoritarias que tienen acuerdos de cooperación con el Estado español. La Fundación Pluralismo y Convivencia, adscrita al Ministerio de Presidencia, otorga estas ayudas para que estas organizaciones religiosas puedan desempeñar sus funciones y garantizar el derecho de libertad religiosa de sus miembros. **¿A quién afecta?** Afecta a la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España (FEREDE), la Federación de Comunidades Judías de España (FCJE) y la Comisión Islámica de España (CIE). También beneficia a los creyentes de estas religiones, que dependen de que estas federaciones cumplan funciones como certificar ministros de culto, designar profesores de religión, prestar asistencia religiosa en cárceles y hospitales, y proporcionar asesoramiento jurídico. **¿Qué cambia o establece?** Establece que estas confesiones religiosas pueden recibir subvenciones de forma directa, sin necesidad de abrir convocatorias públicas, porque existen razones de interés público y social que lo justifican. Esta decisión responde a una recomendación del Tribunal de Cuentas de 2017 y se considera necesaria porque estas organizaciones realizan funciones vinculadas a los acuerdos de cooperación con el Estado que no pueden tramitarse por procedimientos ordinarios de subvenciones.

💬 Contexto ciudadano

Las subvenciones directas a las confesiones religiosas minoritarias —evangélicos, judíos, musulmanes e islámicos firmantes de los acuerdos de cooperación de 1992— respondían a la asimetría histórica del sistema de financiación religiosa en España, donde la Iglesia Católica se beneficiaba de una asignación tributaria del IRPF sin equivalente para las demás confesiones. La Constitución de 1978 proclamó la aconfesionalidad del Estado y la igualdad de trato de todas las confesiones, pero el desarrollo posterior mantuvo un tratamiento diferenciado que las confesiones minoritarias han reclamado equiparar reiteradamente. Las subvenciones canalizadas a través de la Fundación Pluralismo y Convivencia constituían el principal mecanismo compensatorio de esta asimetría estructural, aunque su cuantía total era significativamente inferior a la que recibía la Iglesia Católica por el sistema de asignación tributaria del sistema fiscal español.

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