Ley 2/2021, de 1 de julio, de modificación de la Ley 6/2004, de 28 de diciembre, del Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Esta es una ley que modifica las normas sobre quién puede ser Presidente de la Región de Murcia. Cambia el estatuto que regula cómo funciona la Presidencia y el Consejo de Gobierno murciano. **¿A quién afecta?** Afecta principalmente al Presidente de la Comunidad Autónoma de Murcia y a los ciudadanos que votan en las elecciones para elegir Presidente. La ley entra en vigor el 1 de mayo de 2022. **¿Qué cambia o establece?** Elimina una restricción que existía desde 2014: la prohibición de que alguien fuese elegido Presidente si ya había ocupado el cargo durante dos mandatos. Con esta ley, se quita esa limitación. A partir de ahora, el único límite será lo que decidan los ciudadanos en las urnas, sin restricciones legales sobre cuántas veces puede una persona ser elegida Presidente.
💬 Contexto ciudadano
La modificación del Estatuto del Presidente y el Consejo de Gobierno de Murcia respondió a la turbulencia política que vivió la comunidad en 2021, con la moción de censura fallida de marzo que puso en primer plano las normas sobre destitución y sustitución del Presidente regional. A diferencia del régimen estatal donde el artículo 113 CE regula la moción de censura constructiva, las comunidades autónomas tienen sus propias normas sobre responsabilidad del ejecutivo autonómico, que varían en requisitos de mayoría y procedimiento. La reforma murciana ajustó las condiciones del estatuto presidencial en aspectos de organización interna del gobierno y responsabilidad ante el Parlamento, en un momento en que la fragilidad parlamentaria de la coalición gobernante hacía especialmente sensible cualquier modificación de las reglas del juego institucional autonómico.