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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 12 de septiembre de 1984 por la que se prorroga la cuota especial prevista en el apartado quinto de la Orden ministerial de 9 de febrero de 1984 por la que se autoriza la modificación de determinadas tarifas de la Compañía Telefónica Nacional de España.

BOE-A-1984-20913Publicada: 14/09/1984MINISTERIO DE TRANSPORTES, TURISMO Y COMUNICACIONES

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-04 Fuente original: ES-BOE — Orden de 12 de septiembre de 1984 por la que se prorroga la cuota especial previ ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden Ministerial de 12 de septiembre de 1984 prorroga la vigencia de una cuota especial reducida de 5.000 pesetas para cambios de titular de abono telefónico entre no familiares, hasta la entrada en vigor de la próxima modificación de las tarifas generales de la Compañía Telefónica Nacional de España. 2. **CONTEXTO** La Orden de 9 de febrero de 1984 autorizó la modificación de determinadas tarifas de la Compañía Telefónica Nacional de España, incluyendo la aplicación de una cuota especial reducida para cambios de titular entre no familiares. Esta medida se aplicó hasta el 1 de septiembre de 1984. La experiencia obtenida en la normalización de abonos y el elevado número de abonos pendientes de normalización aconsejaron la prorrogación de dicha cuota reducida. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial de 12 de septiembre de 1984 establece la prorrogación de la cuota especial reducida de 5.000 pesetas para cambios de titular de abono telefónico entre no familiares, originada en la Orden de 9 de febrero de 1984. Esta medida se aplicó inicialmente hasta el 1 de septiembre de 1984, pero se extendió por recomendación de la Delegación del Gobierno en la Compañía Telefónica Nacional de España, basada en la experiencia obtenida en la normalización de abonos y la alta cantidad de abonos pendientes de normalización. La prorrogación se efectúa hasta la entrada en vigor de la próxima modificación de las tarifas generales de la Compañía Telefónica Nacional de España. La norma se fundamenta en el derecho regulador de las tarifas públicas, que permite al Estado autorizar modificaciones en las tarifas de empresas públicas o de interés general, siempre que se respeten los principios de equidad, transparencia y necesidad. En este caso, la medida se justifica por la necesidad de regular el cambio de titular de abonos telefónicos entre no familiares, un proceso que puede generar costos adicionales para la empresa. La Orden Ministerial se emite en virtud de la autoridad del Ministerio de Industria, que tiene competencia para autorizar modificaciones en las tarifas de empresas públicas, según el régimen legal vigente en la época. La prorrogación de la cuota especial se considera una medida transitoria, con el objetivo de facilitar la normalización de abonos y reducir el número de casos pendientes. La norma no introduce nuevas tarifas, sino que extiende una medida ya existente, lo que refleja una política de continuidad en la regulación de servicios públicos. La cuota especial se aplica exclusivamente a cambios de titular entre no familiares, lo que implica que los cambios entre familiares no están sujetos a esta cuota. Esta distinción se basa en la necesidad de evitar el abuso de la norma y garantizar la equidad en la aplicación de las tarifas. La medida se aplica en el marco de la regulación de tarifas de servicios públicos, que en la época se encontraba en un proceso de reforma y adaptación a las necesidades del mercado y de la sociedad. La prorrogación de la cuota especial se considera una medida de transición, con el objetivo de facilitar la transición hacia una nueva regulación de tarifas más completa y actualizada. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 12 de septiembre de 1984 prorroga la cuota especial reducida para cambios de titular de abono telefónico entre no familiares. Esta medida se basa en la experiencia obtenida y la necesidad de normalizar abonos. La prorrogación se extiende hasta la entrada en vigor de la nueva regulación de tarifas. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Prórroga de cuota especial**: Se extiende la cuota reducida de 5.000 pesetas para cambios de titular entre no familiares. ⚠️ **Contexto regulatorio**: La medida se basa en la Orden de 9 de febrero de 1984 y en la necesidad de normalizar abonos. 📋 **Aplicación limitada**: Solo aplica a cambios entre no familiares, no a familiares. ℹ️ **Transitoriedad**: La medida es transitoria y se extiende hasta la nueva regulación de tarifas. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma de regulación de tarifas - **Fecha**: 12 de septiembre de 1984 - **Materias**: Tarifas públicas, servicios telefónicos, regulación de empresas - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: cuota especial, cambios de titular, abonos telefónicos, regulación de tarifas, Compañía Telefónica Nacional de España ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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