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Orden MinisterialNacionalvigente

Corrección de errores de la Orden de 2 de agosto de 1984 por la que se establece la talla mínima de la captura de la «cigala» en el Caladero Nacional.

BOE-A-1984-21410Publicada: 18/09/1984MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-04 Fuente original: ES-BOE — Corrección de errores de la Orden de 2 de agosto de 1984 por la que se establece ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La norma corrige errores tipográficos y gramaticales en la Orden de 2 de agosto de 1984, que establece la talla mínima de captura de la «cigala» en el Caladero Nacional. 2. **CONTEXTO** La Orden de 1984 fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 191, de fecha 10 de agosto de 1984, páginas 23241 y 23242. Se detectaron errores en el texto original que afectaban su correcta interpretación. Para garantizar la precisión legal, se emitió una corrección que se publicó posteriormente. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La norma corrige errores en la Orden de 2 de agosto de 1984, que establece la talla mínima de captura de la «cigala» en el Caladero Nacional. Los errores afectan tanto al preámbulo como al texto del artículo 1.º. En el preámbulo, se corrige la frase «publicando como anexo» por «publicado como anexo» (línea 8.ª, párrafo 1.º). También se corrige «de arrastre, estendiendo» por «de arrastre extendiendo» (línea 5.ª, párrafo 2.º). En el párrafo 3.º del preámbulo, se cambia «científicos internacionales» por «científicos nacionales» en las líneas 5.ª y 6.ª. En el artículo 1.º, se corrige «1970» por «1980» en la línea 3.ª, y «(Nephorps Norvegicus)» por «(Nephrops Norvegicus)» en la línea 5.ª. Estas correcciones son necesarias para garantizar la precisión del texto legal y su correcta aplicación. La norma no introduce cambios sustanciales en la regulación de la captura de la «cigala», sino que solo corrige errores de redacción. La corrección se realiza en el marco de la regulación de la pesca en el Caladero Nacional, que forma parte del sistema de gestión de recursos marinos en el contexto de la legislación pesquera nacional. La norma se enmarca en el marco de la legislación sobre pesca y recursos marinos, y su objetivo es garantizar la precisión del texto legal para su aplicación efectiva. La corrección se realiza mediante un procedimiento de corrección de errores, que es un mecanismo habitual en la legislación para corregir errores tipográficos o gramaticales en normas ya publicadas. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma corrige errores en una Orden ya publicada, sin alterar su contenido sustancial. Se trata de una corrección de redacción, no de una modificación normativa. La corrección es relevante para la correcta aplicación de la norma. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ Corrección de errores en una Orden ya publicada. ⚠️ No hay cambios sustanciales en la regulación de la captura de la «cigala». 📋 Errores afectan al preámbulo y al artículo 1.º. ℹ️ La corrección se realiza en el marco de la legislación pesquera nacional. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Corrección de errores - **Fecha**: 10 de agosto de 1984 (publicación original), fecha de corrección no especificada - **Materias**: Pesca, recursos marinos, regulación de captura - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: corrección de errores, Orden Ministerial, Caladero Nacional, captura de la «cigala», legislación pesquera ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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