Resolución de 12 de septiembre de 1984, de la Secretaría General de Pesca Marítima, por la que se efectúa la revisión anual del censo al día 1 de enero, conforme a la Orden de 8 de junio de 1981, por la que se ordena la actividad pesquera de la flota bacaladera.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-04 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 12 de septiembre de 1984, de la Secretaría General de Pesca Maríti ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Resolución de 12 de septiembre de 1984, publicada por la Secretaría General de Pesca Marítima, establece la lista de unidades bacaladeras y los coeficientes de participación para la flota bacaladera en el año 1984, reemplazando las resoluciones anteriores de 1983. **2. CONTEXTO** Esta resolución se emite en el marco de la Orden de 8 de junio de 1981, que regula la actividad pesquera de la flota bacaladera. La norma se basa en el apartado 2 del artículo 1 de dicha orden, que otorga a la Secretaría General de Pesca Marítima la facultad de realizar la revisión anual del censo de unidades pesqueras. La resolución también responde a la necesidad de actualizar la información sobre las unidades bacaladeras y sus coeficientes de participación, tras las bajas registradas en la flota. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 12 de septiembre de 1984, de la Secretaría General de Pesca Marítima, se fundamenta en el apartado 2 del artículo 1 de la Orden de 8 de junio de 1981, que otorga a la Secretaría General de Pesca Marítima la facultad de realizar la revisión anual del censo de unidades pesqueras. En uso de dichas facultades, la Secretaría General de Pesca Marítima, tras haber consultado al sector bacaladero, resuelve lo siguiente: **Primero.** Para la confección del Plan de Pesca de la Flota Bacaladera para 1984, se publica como anejo I la lista de unidades bacaladeras que, al día 1 de enero de 1984, tienen derecho a cuota de pesca de bacalao y especies afines o asociadas. Esta lista está agrupada por Asociaciones, incluyendo unidades de la Federación Española de Armadores de Buques de Pesca (Grupo bacaladero), Agarba, Acoarba y Arguiba. **Segundo.** Se publica como anejo II los coeficientes de participación por Empresas o grupos de Empresas, agrupados por Asociaciones. Estos coeficientes se expresan en porcentajes y se asignan a empresas específicas, como <Pesquerías Molares, S. A.>, <José Molares Alonso, S. A.>, <Julio Vieira Ruiz>, entre otras, según su participación en la flota. **Tercero.** La resolución deja sin efecto la resolución de 9 de marzo de 1983 y la corrección publicada en el Boletín Oficial del Estado número 105, de 3 de mayo de 1983, que habían establecido la lista previa de unidades bacaladeras y sus coeficientes de participación. La resolución establece que la flota bacaladera está compuesta por unidades agrupadas en diferentes Asociaciones, y que cada una de estas Asociaciones tiene un coeficiente de participación que se distribuye entre sus miembros. Los coeficientes de participación se calculan en porcentajes y se asignan a empresas o grupos de empresas, según su participación en la flota. En el anejo III, se detalla el coeficiente de participación por Asociaciones, que se distribuye entre las siguientes: Federación Española de Armadores de Buques de Pesca (Grupo bacaladero) con 8,138%, Agarba con 17,322%, Acoarba con 30,191%, y Arguiba con 44,349%, sumando un total del 100%. Esta resolución tiene por objeto garantizar una distribución equitativa de la cuota de pesca entre las unidades y empresas que participan en la actividad pesquera de bacalao, en cumplimiento de las normas vigentes en materia de gestión pesquera. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La resolución de 1984 actualiza la lista de unidades bacaladeras y los coeficientes de participación para el año 1984, reemplazando las resoluciones anteriores. Establece una distribución porcentual de la cuota de pesca entre las empresas y asociaciones participantes. La norma se fundamenta en la Orden de 1981 y se publica en el Boletín Oficial del Estado. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Actualización de la lista de unidades bacaladeras**: Se publica la lista actualizada de unidades que tienen derecho a cuota de pesca en 1984. ⚠️ **Reemplazo de resoluciones anteriores**: La resolución deja sin efecto las resoluciones de 1983. 📋 **Distribución porcentual de la cuota**: Se establecen coeficientes de participación por empresas y asociaciones. ℹ️ **Publicación en el Boletín Oficial del Estado**: La resolución se publica como anejo a la orden de 1981. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Resolución Ministerial - **Fecha**: 12 de septiembre de 1984 - **Materias**: Pesca marítima, gestión pesquera, cuotas de pesca, flotas bacaladeras - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: flota bacaladera, cuota de pesca, coeficientes de participación, resolución ministerial, gestión pesquera, Boletín Oficial del Estado ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. 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