Ley 36/1984, de 22 de octubre, sobre concesión de un crédito extraordinario por importe de 4.314.876.000 pesetas para cubrir la insuficiencia producida en los resultados de explotación de la «Compañía Metropolitano de Madrid, S. A.», en el período comprendido entre el 1 de enero y el 30 de junio de 1983.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-04 Fuente original: ES-BOE — Ley 36/1984, de 22 de octubre, sobre concesión de un crédito extraordinario por ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Ley 36/1984 reconoce la obligación del Estado de financiar el déficit del Consejo de Intervención de la Compañía Metropolitano de Madrid, S. A., y concede un crédito extraordinario para cubrirlo. 2. **CONTEXTO** La Ley fue aprobada en 1984 con el objetivo de resolver una insuficiencia económica en la explotación del Ferrocarril Metropolitano de Madrid, S. A., durante el primer semestre de 1983. Esta situación generó un déficit que necesitaba financiación estatal. La norma fue sancionada por el Rey Juan Carlos I y publicada en el Boletín Oficial del Estado. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Ley 36/1984 establece una obligación legal del Estado para financiar el déficit del Consejo de Intervención de la Compañía Metropolitano de Madrid, S. A., entre el 1 de enero y el 30 de junio de 1983. Esta obligación se deriva de la liquidación mencionada en la disposición final primera del Real Decreto-ley 13/1978, de 7 de junio, y se convalida las obligaciones contraídas por la gestión que determinó dicho déficit. En el artículo segundo, se concede un crédito extraordinario por importe de 4.314.876.000 pesetas a la Sección 23 del Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones, con destino al Consejo de Intervención del Ferrocarril-Metropolitano de Madrid, S. A. Este crédito se destina a compensar el déficit de explotación del ferrocarril durante el período mencionado. El artículo tercero establece que el crédito extraordinario se financiará mediante un crédito del Banco de España al Tesoro Público, sin devengar interés. El artículo cuarto regula la efectiva disposición del crédito consignado en la Ley 44/1983, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1984. Este crédito solo podrá utilizarse hasta completar la cuantía que resulte del informe de auditoría efectuado por la Intervención General de la Administración del Estado. Esta norma refleja una intervención estatal en la gestión de una empresa pública con dificultades económicas, mediante la concesión de un crédito extraordinario. La norma se enmarca en el marco de la gestión de la deuda pública y la financiación de déficits en entidades estatales. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Ley 36/1984 reconoce la obligación del Estado de financiar el déficit de la Compañía Metropolitano de Madrid, S. A. y concede un crédito extraordinario para cubrirlo. La norma establece mecanismos de financiación y control de la utilización del crédito. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Obligación del Estado**: Se reconoce como obligación legal del Estado la financiación del déficit del Consejo de Intervención. ⚠️ **Crédito extraordinario**: Se concede un crédito por 4.314.876.000 pesetas a la Sección 23 del Ministerio de Transportes. 📋 **Financiación del crédito**: El crédito se financiará con un préstamo del Banco de España al Tesoro Público. ℹ️ **Control de uso**: La utilización del crédito está sujeta al informe de auditoría de la Intervención General. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Ley 36/1984 - **Tipo**: Ley Ordinaria - **Fecha**: 22 de octubre de 1984 - **Materias**: Financiación pública, déficit, gestión de empresas públicas, crédito extraordinario - **Relevancia**: ALTA **Palabras clave**: crédito extraordinario, déficit, financiación del Estado, empresa pública, auditoría, Banco de España, Tesoro Público. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────