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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 21 de noviembre de 1984 de creación de la Comisión Ministerial de Racionalización y Normalización Técnica del Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones.

BOE-A-1984-26816Publicada: 06/12/1984MINISTERIO DE TRANSPORTES, TURISMO Y COMUNICACIONES

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-04 Fuente original: ES-BOE — Orden de 21 de noviembre de 1984 de creación de la Comisión Ministerial de Racio ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden Ministerial de 21 de noviembre de 1984 crea la Comisión Ministerial de Racionalización y Normalización Técnica dentro de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones, con funciones de asesoramiento, elaboración y aprobación de normas técnicas de obligado cumplimiento. **2. CONTEXTO** La norma se emite en el marco de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado, que otorga al Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones la competencia de elaborar normas técnicas y económicas para obras, suministros y servicios bajo su jurisdicción. La creación de la Comisión responde a la necesidad de coordinar los soportes técnicos del Departamento y preparar la integración de España en las Comunidades Europeas con bases técnicas sólidas. La norma establece que la labor de redacción de normas debe ser conjunta entre las unidades técnicas del Ministerio. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial de 21 de noviembre de 1984 establece la creación de la Comisión Ministerial de Racionalización y Normalización Técnica adscrita a la Secretaría General Técnica del Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones. Esta Comisión tiene como funciones principales asesorar al Ministro en materia de racionalización y normalización técnica, estudiar, elaborar y proponer la aprobación de normas técnicas de obligado cumplimiento en el Departamento, así como revisar y actualizar dichas normas a lo largo del tiempo. Además, la Comisión debe estudiar y proponer la aprobación de normas técnicas ya publicadas por otros Organismos que deban ser aplicadas al Ministerio. La Comisión está compuesta por un Presidente, un Secretario y Vocales, que pueden delegar su asistencia a Grupos de Trabajo. El Presidente tiene la función de convocar y presidir las sesiones del Pleno, otorgar el visto bueno a las actas, y elevar a la superioridad las normas técnicas elaboradas para su aprobación. El Secretario se encarga de preparar las reuniones plenarias y redactar las actas correspondientes, así como de realizar las funciones técnico-administrativas necesarias. La norma establece que los Vocales pueden delegar su asistencia a los Grupos de Trabajo en funcionarios idóneos de su Organismo, según el tema a estudiar. Además, el Presidente puede requerir la asistencia al Pleno de representantes de otros Organismos y Entidades relacionados con la actividad del Departamento, con voz pero sin voto, para el mejor conocimiento de materias concretas. En lo no previsto en la Orden, se aplicará la normativa sobre Órganos colegiados contenida en la Ley de Procedimiento Administrativo de 17 de julio de 1958, así como otras disposiciones en su desarrollo. La norma se emite en el marco de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado, que otorga al Ministerio la competencia de elaborar normas técnicas y económicas para obras, suministros y servicios bajo su jurisdicción. La creación de la Comisión responde a la necesidad de coordinar los soportes técnicos del Departamento y preparar la integración de España en las Comunidades Europeas con bases técnicas sólidas. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden crea una Comisión Ministerial con funciones de asesoramiento, elaboración y aprobación de normas técnicas. La Comisión está integrada por un Presidente, un Secretario y Vocales, con funciones definidas. La norma se basa en la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado y en la Ley de Procedimiento Administrativo. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Creación de la Comisión**: Se establece la Comisión Ministerial de Racionalización y Normalización Técnica dentro de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones. ⚠️ **Funciones de la Comisión**: Incluyen asesoramiento, elaboración, aprobación y revisión de normas técnicas de obligado cumplimiento. 📋 **Estructura de la Comisión**: Contiene un Presidente, un Secretario y Vocales, con posibilidad de delegación en Grupos de Trabajo. ℹ️ **Aplicación de normativa**: En lo no previsto, se aplica la normativa sobre Órganos colegiados de la Ley de Procedimiento Administrativo de 1958. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma de creación de órgano - **Fecha**: 21 de noviembre de 1984 - **Materias**: Administración pública, normativa técnica, organización ministerial - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Comisión Ministerial, normalización técnica, Ministerio de Transportes, normativa obligatoria, órgano colegiado ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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