Orden de 21 de diciembre de 1984 por la que se ratifica el Reglamento de la Denominación de Origen «Queso Manchego» y de su Consejo Regulador.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-03 Fuente original: ES-BOE — Orden de 21 de diciembre de 1984 por la que se ratifica el Reglamento de la Deno ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El presente orden ratifica el Reglamento de la Denominación de Origen «Queso Manchego» y establece el Consejo Regulador que lo supervisará. 2. **CONTEXTO** El orden fue publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 22 de diciembre de 1984. Se emitió con el objetivo de formalizar y regular la producción del queso Manchego, que es un producto típico de la región de La Mancha. La norma se enmarca en el marco de la protección de productos con denominación de origen, establecido en la legislación europea y nacional. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El orden ministerial de 21 de diciembre de 1984 establece el Reglamento de la Denominación de Origen «Queso Manchego», que define los requisitos técnicos, los criterios de producción, la calidad y la autenticidad del producto. Se establece que el queso Manchego debe ser elaborado exclusivamente en la región de La Mancha, dentro de los términos geográficos definidos. El Reglamento detalla las características sensoriales, químicas y microbiológicas del producto, así como las condiciones de almacenamiento y comercialización. El orden también crea el Consejo Regulador, órgano encargado de velar por la aplicación del Reglamento y garantizar la calidad del queso. El Consejo está compuesto por representantes de productores, expertos en el sector lácteo y otros interesados, y su funcionamiento está regulado en el artículo 15 del Reglamento. Según el artículo 17, el Consejo tiene la responsabilidad de velar por la protección de la denominación de origen y de garantizar que los productos que llevan dicha denominación cumplan con los requisitos establecidos. Además, el orden establece que el Consejo Regulador debe elaborar un reglamento interno que detalle las funciones, organización y procedimientos internos del órgano. El artículo 19 del Reglamento establece que el Consejo debe realizar auditorías periódicas para verificar el cumplimiento de las normas. También se establece que el Consejo debe mantener una base de datos actualizada de los productores que cumplen con los requisitos de la denominación de origen. El orden también establece que el Consejo Regulador debe colaborar con las autoridades competentes para garantizar la protección de la denominación de origen contra usos fraudulentos o engañosos. El artículo 20 del Reglamento establece que el Consejo debe promover la calidad del queso Manchego y fomentar su comercialización en el mercado nacional e internacional. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El orden establece el Reglamento de la Denominación de Origen «Queso Manchego» y crea el Consejo Regulador para su supervisión. Define los requisitos técnicos y geográficos del producto y establece mecanismos de control y protección. Es una norma clave para la protección del queso Manchego como producto de interés regional. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Ratificación del Reglamento de la Denominación de Origen «Queso Manchego»** ⚠️ **Creación del Consejo Regulador para su supervisión** 📋 **Establecimiento de requisitos técnicos y geográficos del producto** ℹ️ **Mecanismos de control y protección contra usos fraudulentos** 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Reglamento - **Fecha**: 21 de diciembre de 1984 - **Materias**: Denominación de Origen, Industria láctea, Protección de productos - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Denominación de Origen, Queso Manchego, Consejo Regulador, protección de productos, industria láctea ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────